Please enable JavaScript.
Coggle requires JavaScript to display documents.
:silhouettes: RELACIONES DE TRABAJO :silhouettes:, Logo_uaem_morelos, …
:silhouettes:
RELACIONES DE TRABAJO
:silhouettes:
las relaciones de trabajo tienen causa de terminación debido a dos circunstancias
suspensión
Acción de relevar de sus funciones a un funcionario, estudiante o empleado por infringir alguna norma o código de conducta
se producen cuando un gerente o supervisor considere una acción de un empleado como una violación al reglamento
Causas de suspensión
CAPITULO III Suspensión de los efectos de las relaciones de trabajo. Articulo 42
III. La prisión preventiva del trabajador seguida de sentencia absolutoria.
IV. El arresto del trabajador
II. La incapacidad temporal ocasionada por un accidente o enfermedad
V. El cumplimiento de los servicios y el desempeño de los cargos mencionados en el artículo 5° y 31 fracción III.
I. La enfermedad contagiosa del trabajador
VI. La designación de los trabajadores como representantes ante los organismos estatales
VII. La falta de los documentos que exijan las Leyes y reglamentos
VIII. La conclusión de la temporada en el caso de los trabajadores contratados
La suspensión puede ser de dos tipos:
Administrativa
(una medida preventiva que se puede tomar cuando el interés del negocio del
empleador así lo requiere
Disciplinaria
Una medida sancionatoria
derivada de un acto reprochable realizado durante las horas de trabajo
Debe cumplir con los principios de:
Proporcionalidad
La sanción aplicada tiene que tener coherencia con la falta imputada
Transitoriedad
Ninguna sanción impuesta puede ser de carácter permanente, debiendo ser
transitoria, con un inicio y un fin claramente determinados
Contemporaneidad
Toda sanción que se aplica debe ser contemporánea a la falta imputada y no sancionan al empleado por actos ajenos en el tiempo.
Doble sanción
prohíbe que al trabajador
se le apliquen dos sanciones por un mismo hecho
Terminación
Es la cesación definitiva de los efectos de la relación jurídica por causas no imputables a ninguna de las partes
Tiene como función disolver las relaciones de trabajo
concepto jurídico de carácter laboral
Puede solicitarse por mutuo consentimiento o por resultado de un echo que imposibilite la continuación de las actividades
Causas de la terminación de la relación de trabajo
Terminación por voluntad de ambas partes
la voluntad de ambas partes puede dar inicio a dicha relación y asimismo puede ponerle fin
Mutuo acuerdo
pone fin a su relación laboral por voluntad y acuerdo mutuo. será válida siempre que exista libre expresión coincidente
La llegada de término en los contratos a tiempo determinado
se lleva a cabo cuando se llega a la terminación del contrato constituyendo una causa de terminación atribuible a la voluntad de ambas partes
Causas ajenas a la voluntad de las partes
la imposibilidad de continuar el trabajo sin que la voluntad de ninguna de las partes intervengan
Causas ajenas a la voluntad de las partes
la imposibilidad de continuar el trabajo sin que la voluntad de ninguna de las partes intervengan en las circunstancias que la determina
Por despido
Por acción disciplinaria.
separar a un empleado indeseable de su asociación con la organización
capitulo IV de la LFT
El patrón deberá dar al trabajador aviso escrito de la fecha y causa o causas de la rescisión
Por reducción en la fuerza de trabajo
organizaciones que operen a un ritmo reducido con recortes periódicos y constantes en la fuerza de trabajo
Fuerza mayor o caso fortuito
son acontecimientos que impiden el cumplimiento de la obligación
generalmente no pueden preverse y
no son imputables al mismo
La muerte del trabajador
la muerte de este supone automáticamente la extinción de dicha relación, la cual no es susceptible de transmitirse sucesoriamente
La incapacidad del trabajador
La ley establece la posibilidad de que una relación laboral concluya cuando el trabajador no pueda desempeñar en forma definitiva el trabajo contratado
derivado de las distintas causas que ocasionan la terminación de las relaciones laborales pueden surgir dos aspectos:
Pensión
La ley de seguro social define a la pensión como:
El asegurado que por resolución del Instituto tiene otorgada pensión.
El IMSS define ala pensión como:
La Prestación
Económica que se te otorgará como trabajador asegurado
la pensión podrá obtenerse por:
6 more items...
Jubilación
es la denominación de un procedimiento administrativo a través del cual una persona en actividad laboral deja de trabajar
Para llegar a la jubilación
El sujeto tiene que alcanzar una cierta edad establecida por ley dentro de la normativa
La jubilación puede ser:
Ordinaria
la persona cesa sus labores por alcanzar la edad estipulada y los años de labor que por ley se manifiestan
Extraordinaria
bruscamente debe prescindir del trabajo por cuestiones de causa mayor, accidentes, discapacidad, etc
Cierre o quiebra inculpable de la empresa
El cierre definitivo de la empresa al poner fin a las actividades laborales que ella genera, extingue las relaciones de trabajo
Por renuncia
Manifestación unilateral de la voluntad del trabajador para dar por terminada o extinguida la relación laboral o el contrato de trabajo
CAPITULO V Terminación de las relaciones de trabajo
Artículo 53.
I. El mutuo consentimiento de las partes
II. La muerte del trabajador
III. La terminación de la obra o vencimiento del termino o inversión del capital de conformidad con los art. 36,37 y 38.
IV. Incapacidad física o mental o inhabilidad manifiesta del trabajador, que haga imposible la prestación del trabajo.
V. Casos referidos al articulo 434
FCAeI. (2021). Suspensión y Terminación . febrero 25, 2021, de SEAD Sitio web:
http://seadfcaei.uaem.mx/pluginfile.php/358628/mod_resource/content/1/2.2%20SUSPENSI%C3%93N%20Y%20TERMINACI%C3%93N.pdf