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DE LAS INVERSIONES, ART.36, ART. 35, ART. 34, ART. 33, ART. 38, image,…
DE LAS INVERSIONES
Los por cientos máximos autorizados, tratándose de activos fijos
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35% para dados, troqueles, moldes, matrices y herramental.
100% para adaptaciones que se realicen a instalaciones que impliquen adiciones o mejoras alactivo fijo
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ART. 31
Las inversiones únicamente se podrán deducir mediante la aplicación, en cada ejercicio, de los por cientos máximos autorizados
Tratándose de ejercicios irregulares, la deducción correspondiente se efectuará en el porciento que represente e número de meses completos del ejercicio en los que el bien haya sido utilizado
El monto original de la inversión comprende, además del precio del bien, los impuestos efectivamente pagados con motivo de la adquisición o importación
Las inversiones empezarán a deducirse, a elección del contribuyente, a partir del ejercicio en que se inicie la utilización de los bienes o desde el ejercicio siguiente
ART. 32
Se consideran inversiones los activos fijos, los gastos y
cargos diferidos y las erogaciones realizadas en periodos preoperativos,
Activo fijo es el conjunto de bienes tangibles que utilicen los contribuyentes para la realización de sus
actividades
Gastos diferidos son los activos intangibles representados por bienes o derechos que permitan reducir costos de operación
Erogaciones realizadas en periodos preoperativos, son aquéllas que tienen por objeto la investigación y el desarrollo
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ART. 37
Las pérdidas de bienes del contribuyente por caso fortuito o fuerza mayor, que no se reflejen en el inventario, serán deducibles en el ejercicio en que ocurran
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