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Obligaciones de los trabajadores ART. 134 de la LFT - Coggle Diagram
Obligaciones de los trabajadores ART. 134 de la LFT
Observar las medidas preventivas e higiénicas que acuerden
Las que indiquen los patrones para la seguridad
Protección personal de los trabajadores
Las autoridades competentes
Desempeñar el servicio bajo la
Dirección del patrón
De su representante
Cumplir las disposiciones de las normas de trabajo
Que les sean aplicables
Ejecutar el trabajo
Con la intensidad,
Cuidado y esmero apropiados
Y en la forma, tiempo y lugar convenidos;
Dar aviso inmediato al patrón,
Salvo caso fortuito o fuerza mayor,
De las causas justificadas que le impidan concurrir a su trabajo;
Restituir al patrón los materiales no usados
Conservar en buen estado los instrumentos
Utiles que les haya dado para el trabajo
Observar buenas costumbres
Durante el servicio;
Prestar auxilios en cualquier tiempo que se necesiten,
Cuando por siniestro o riesgo inminente peligren las personas
Los intereses del patrón o de sus compañeros de trabajo;
Poner en conocimiento del patrón ,
Las enfermedades contagiosas que padezcan
Tan pronto como tengan conocimiento de las mismas;
Integrar los organismos que establece
La LFT;
Someterse a los reconocimientos médicos previstos
Demás normas vigentes en la empresa o establecimiento
En el reglamento interior
Comunicar al patrón o a su representante las deficiencias que adviertan,
A fin de evitar daños o perjuicios a los intereses
Vidas de sus compañeros de trabajo o de los patrones
Guardar escrupulosamente
Los secretos técnicos, comerciales
De fabricación de los productos