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OBLIGACIONES DE TRABAJADORES (ART.132 LFT) - Coggle Diagram
OBLIGACIONES DE TRABAJADORES (ART.132 LFT)
Cumplir con las normas de trabajo
Empresas
Establecimientos
2.Pagar a los trabajadores
Salarios
Indemnización
3.Proporcionar a los trabajadores necesarios
para la ejecución del trabajo
Instrumentos
Materiales
Útiles
4.Proporcionar local seguro para guardar
Instrumentos
Útiles
5.Mantener suficiente de asientos o sillas a los trabajadores
Comercios
Casas
Oficinas o Hoteles
6.Guardar a los trabajadores absteniéndose
De mal trato de palabra
De obra
7.Expedir cada quince días, solicitud y/o constancia a los
trabajadores
Días trabajados
Salario percibido
8.Expedir al trabajador que lo solicite o se separe
Una constancia escrita relativa a sus servicios
Conceder a los trabajadores para el cumplimiento de los servicios
Electorales
Censales
Jurados
Permitir a los trabajadores faltar a su trabajo
Permanente de su sindicato
Del Estado
Comisión accidental
Poner en conocimiento del sindicato titular del contrato colectivo y de los trabajadores de la
Los puestos de nueva creación
Las vacantes definitivas
Categoría inmediata inferior
Las temporales
Establecer y sostener las escuelas “Artículo 123 Constitucional”,
De conformidad con lo que
dispongan las leyes
La Secretaría de Educación Pública
Colaborar con las autoridades del trabajo y de educación,
De conformidad con las leyes y
reglamentos
A fin de lograr la alfabetización de los trabajado
Hacer por su cuenta, cuando empleen más de cien y menos de mil trabajadores
Decorosa los estudios técnicos, industriales o prácticos
En centros especiales, nacionales o extranjeros
De sus trabajadores o de uno de los hijos de éstos
Proporcionar capacitación y adiestramiento a sus trabajadores
En los términos del Capítulo III
Bis del Título Cuarto de la LFT;
Instalar, de acuerdo con los principios de seguridad e higiene
Oficinas y
demás lugares
Las fábricas, talleres,
Cumplir las disposiciones de seguridad e higiene
Que fijen las leyes y los reglamentos
Para prevenir los accidentes y enfermedades
Fijar y difundir los lugares donde se preste el trabajo, las disposiciones
Conducentes de los reglamentos
E instructivos de seguridad e higiene
Proporcionar a sus trabajadores los medicamentos profilácticos
Cuando exista peligro de epidemia
Que determine la autoridad
sanitaria
Reservar, cuando la población fija de un centro rural de trabajo exceda de doscientos habitantes
Establecimiento de mercados públicos
Edificios para los servicios municipales y centros recreativos,
Proporcionar a los sindicatos
Centros rurales de trabajo
Un local
Hacer las deducciones que soliciten los sindicatos de las cuotas sindicales ordinarias,
siempre que se compruebe que son las previstas en el artículo 110, fracción VI de la LFT
Hacer las deducciones de las cuotas para la constitución y fomento de sociedades cooperativas y de cajas de ahorro
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 110, fracción IV;
Permitir la inspección y vigilancia que las autoridades del trabajo
normas de trabajo
Darles los informes
Contribuir al fomento de las actividades
Culturales y del deporte entre sus trabajadores
Proporcionarles los equipos y útiles indispensables
Hacer las deducciones previstas en las fracciones IV del artículo 97 y VII del artículo 110 de la
LFT
Al Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores
Proporcionar a las mujeres embarazadas la protección
Que establezcan los reglamentos
Participar en la integración y funcionamiento de las Comisiones
, de acuerdo con lo establecido por la propia LFT.