Please enable JavaScript.
Coggle requires JavaScript to display documents.
Obligaciones Formales Art. 29 LGT - Coggle Diagram
Obligaciones Formales
Art. 29 LGT
No tienen carácter pecuniario
impuestas por la normativa tributaria o aduanera a los obligados tributarios
presentar
declaraciones censales (Mod. 036/037) por las personas o entidades que desarrollen o vayan a desarrollar en territorio español
solicitar y utilizar
NIF en sus relaciones de naturaleza o con trascendencia tributaria
presentar
declaraciones, autoliquidaciones y comunicaciones
autoliquidaciones
declaraciones
llevar y conservar
libros de contabilidad y registros,
programas, ficheros y archivos informáticos que les sirvan de soporte
sistemas de codificación utilizados que permitan la interpretación de los datos cuando la obligación se cumpla con utilización de sistemas informáticos
expedir y entregar
facturas o documentos sustitutivos y conservar las facturas, documentos y justificantes que tengan relación con sus obligaciones
facilitar
la práctica de inspecciones y comprobaciones administrativas.
llevar y conservar
libros de contabilidad
registros,
entregar
certificado de las retenciones o ingresos a cuenta practicados a los obligados tributarios
obligaciones de esta naturaleza que establezca la normativa aduanera
aquellas que deriven de la normativa sobre asistencia mutua. Art. 29 Bis