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DERECHO AL MEDIO AMBIENTE. UN DERECHO CONVERGENTE …
DERECHO AL MEDIO AMBIENTE. UN DERECHO CONVERGENTE
Valeria Carrillo Ricci
Es importante distinguir entre derecho ambiental como disciplina jurídica y el Derecho al medio ambiente adecuado,como derecho fundamental,
SÁNCHEZ GÓMEZ
define al Derecho Ambiental
"Conjunto de normas jurídicas de Derecho público, que regulan las relaciones de los seres humanos en sociedad con los diversos recursos naturales, en la medida en que aquellos pueden influir sobre estos últimos".
"Sistema normativo que condúcelas relaciones entre los seres vivos y su medio ambiente, siendo el conductor de las mismas el hombre, para propiciar su propio equilibrio y desarrollo sustentable".
Raúl BRAÑES
define al derecho ambiental “El conjunto de normas jurídicas que regulan las conductas humanas que pueden influir de una manera relevante en los procesos de interacción que tienen lugar entre los sistemas de los organismos vivos y sus sistemas de ambiente, mediante la generación de efectos de los que se espera una modificación significativa de las condiciones de existencia de dichos organismos
La aplicación del derecho a un medio ambiente adecuado, compete a diversos ámbitos:
Penal
El derecho a un medio ambiente adecuado se tutela, al prever el establecimiento de los delitos ambientales con su correspondiente sanción
La materia penal ambiental todavía presenta varios aspectos difusos,propios de una disciplina en desarrollo, los cuales no son fáciles de asimilar o aplicar en la práctica, por lo cual muchas veces se le tacha de ineficaz
Forestal
El procedimiento establecido dentro del derecho forestal sea de carácter administrativo, a esta rama ya se le ubica dentro de la doctrina jurídica como una rama autónoma del derecho, cuyo objeto de estudio se centra en los recursos naturales pertenecientes al ecosistema forestal.
Civil
La teoría de la responsabilidad civil sustenta la reparación del daño y la teoría del riesgo,aspectos que se consideran muy importantes para el tratamiento del daño ambiental.
Teniendo como fin la reparación de los daños y perjuicios.
Administrativo
La eficacia del derecho fundamental de vivir en un medio ambiente adecuado, la responsabilidad recae en órganos dependientes del Ejecutivo.
Estado se obliga a entablar políticas públicas que se basen en la prevención,conservación, aprovechamiento y restauración del medioambiente.
Agrario
El derecho agrario regula los aspectos relacionados con la tenencia de la tierra y los aprovechamientos de los recursos naturales que se encuentran en ella.
BELLORIO CLABOT
, considera que “El derecho civil no sirve para atacar la problemática ambiental”, mencionando que solo desde la autonomía como rama jurídica puede lograr este fin, puesto que el derecho civil por su diseño, no coadyuva en la defensa del medio ambiente"
GONZÁLEZ MÁRQUEZ
refiere que la tutela legal de las funciones ambientales como medio para la protección del ambiente, propiamente es un asunto exclusivo del derecho ambiental