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Reglamento de Prácticas y estancias Profesionales. - Coggle Diagram
Reglamento de Prácticas y estancias Profesionales.
Capítulo primero Disposiciones generales.
Art 1 Se regirán por la Ley de la universidad y el Reglamento.
Art 3. Las practicas o estancias tendrán carácter obligatorio.
Art 4. Se considerara practica o estancia profesional a la actividad académica obligatoria.
Capítulo segundo. De las practicas o estancias profesionales
Art 6. Se realizan al cumplir con el 70% de créditos.
Art 11. Cubrir 480 horas.
Capítulo tercero. De la gestión de las estancias profesionales.
Relacionadas al perfil profesional.
Capítulo cuarto. De la organización de las estancias profesionales.
La universidad tendrá la responsabilidad de vigilar las estancias profesionales.
Capítulo quinto. De la presentación
Requisitos
Ser alumno
Haber cumplido el 70% de los créditos
Asistir al curso de inducción
Capítulo sexto. De los derechos y obligaciones.
Derechos
Contar con asesoría.
Recibir constancia
Obligaciones
Cumplir la legislación
No divulgar información
Capítulo séptimo. De las sanciones.
Se impondrán por incumplimiento
Amonestación verbal
Notificación por escrito
Cancelación
Capitulo Octavo. Del recurso de reconsideración.
Medio de impugnación por negación de la constancia de estancias profesionales.