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ENDOSO, Es la mera firma del Endosante inserta en la misma letra de Cambio…
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Es la mera firma del Endosante inserta en la misma letra de Cambio, por la cual el tenedor legítimo transmite la propiedad del documento a favor de un tercero, denominado endosatario.
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Clases de Endoso.
En Procuración.
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No Transfiere la propiedad del Título, limita al endosatario al cobro de la letra.
En Garantía.
Confiere al endosatario una garantía prendaria en seguridad de un crédito contra el endosante. (art. 1528).
El endosatario puede ejercer todos los derechos inherentes al titulo, para satisfacer su propio crédito.
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Según Su Forma.
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Imperfecto o en Blanco
Se verifica con la firma estampada en el documento sin otras enunciaciones previas o sin designar endosatario
Se convierte el documento "A la orden", o en un documento "Al Portador".
Art. 1524: Cualquier condición puesta al endoso, se tendrá por no escrita. Es nulo el endoso parcial.
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