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PROCEDIMIENTO PENAL. - Coggle Diagram
PROCEDIMIENTO PENAL.
Es el conjunto de actividades reglamentadas por preceptos previamente establecidos, que tienen por objeto determinar qué hechos pueden ser calificados como delito para aplicar la sanción correspondiente.
Se divide en tres periodos: periodo de investigación, periodo de preparación del proceso y juicio.
III. Juicio: El Código Nacional de Procedimientos establece que se conforma por la actividad jurisdiccional que realiza el órgano jurisdiccional del conocimiento. De esta forma el juicio es la única etapa de decisión de las cuestiones del proceso, mismo que se realiza sobre la base de la acusación.
II. Periodo de preparación del proceso: Este periodo empieza formulando la acusación y termina con el auto de apertura del juicio. Este busca el ofrecimiento y la admisión de los medios de prueba y la depuración de los hechos controvertidos
I. Periodo de investigación: Se inicia con la investigación inicial, que comienza con una denuncia y concluye cuando el imputado queda a disposición del juez y posteriormente con la investigación complementaria
El tribunal recibe el auto de apertura y establece la fecha de celebración de la audiencia en mínimo 20 y máximo 60 días
En la audiencia se le concede la palabra al ministerio público quien expone concretamente una descripción de las pruebas.
Después el asesor jurídico de la victima ofrece la palabra al defensor y el expresa lo que convenga al interés del imputado, para lo que el acusado puede presentar su declaración.
Cada parte determina el orden en que desahogarán sus medios de prueba, para esto se reciben primero los medios de prueba admitidos al Ministerio Público, luego los de la víctima y al final los de la defensa
Después de las pruebas se le da la palabra al asesor jurídico del ofendido y al defensor para que expongan sus alegatos de clausura.
Después se otorga al defensor la posibilidad de replicar y duplicar, se otorga la palabra por último al acusado y al final se declara como cerrado el debate.
Una vez concluido el debate el tribunal de enjuiciamiento ordena un receso para deliberar de forma privada hasta emitir el fallo correspondiente, esto no puede exceder las 24 horas ni ser suspendido.
Concluida la deliberación se convoca al tribunal de regreso a la sala y el juez comunica el fallo respectivo.
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El nuevo sistema penal mexicano enmarca un nuevo modelo de materia penal, un modelo de justicia penal para adolescentes. Se divide en tres grupos de edad.
- De doce a menos de catorce años.
- De catorce a menos de dieciséis años y
- De dieciséis a menos de dieciocho años.
Todo adolescente tiene derecho a ser asistido por un licenciado en Derecho en todas las etapas de su proceso.
En caso de que no elija a su propio defensor el Ministerio Público y el Órgano Jurisdiccional le designan un defensor público desde el primer acto del procedimiento.
Dicho órgano debe valer por que la persona adolescente goce de defensa técnica y adecuada. El adolescente tiene derecho a que durante el procedimiento se respete su derecho a la intimidad personal y familiar.
Toda persona adolescente tiene derecho a abstenerse de declarar y a no incriminarse a sí misma, su silencio no puede ser valorado en su contra.
Si el adolescente, después de consultarlo con su defensa, quisiera declarar, únicamente podrá hacerlo en presencia del Órgano Jurisdiccional competente y con la presencia de dicha defensa.
El procedimiento para adolescentes busca establecer la existencia jurídica de un hecho señalado como delito y determinar si la persona adolescente es su autor o partícipe, su grado de responsabilidad y la aplicación de las medidas correspondientes.
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