De tal forma que se establece un proceso penal acusatorio y oral, en el que se observarán los principios de publicidad, contradicción, concentración, continuidad e inmediación y aquellos previstos en la Constitución, tratados internacionales y demás leyes, de tal forma que las autoridades deberán respetar y proteger tanto la dignidad de la víctima como la dignidad del imputado