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La Superintendencia de Compañías y Valores
De acuerdo al artículo 213 de la Constitución de la República del Ecuador
Atribuciones de la Superintendencia en sociedades
Instrumento de aplicación para el servicio así como la gran variedad y especialidad de sus reglamentos y normativos
Tipos de Asociación de la Economía Popular y Solidaria
Atribuciones de la Superintendencia en el mercado de valores
El organismo técnico que
supervisa y controla al sector societario, mercado de valores y seguros.
Contribuciones para la Superintendencia
Los fondos para atender los gastos de la Superintendencia de Compañías se obtendrán por
contribuciones señaladas por el Superintendente
Atribuciones y deberes del Superintendente
Nombrar al personal necesario para el desempeño de las funciones de la
Superintendencia;
Rendir cuentas ante la Contraloría General del Estado
Sector No Financiero
son:
Acta constitutiva
Reserva de Denominación
Directivos
1.- En Organizaciones Comunitarias: un representante legal
2.- En Asociaciones: Administrador, Presidente, Secretario, Junta Directiva, Junta de
Vigilancia;
3.- En Cooperativas: Gerente, Consejos de Administración y de Vigilancia, con sus respectivos
presidentes y secretarios.
es.
b. Organizaciones del Sector Cooperativo
Están formadas por:
-sociedades de personas que se han unido en forma voluntaria para
satisfacer sus necesidades económicas, sociales y culturales en común
c. Unidades Económicas Populares
Son las que se dedican a la economía del cuidado, los emprendimientos unipersonales, familiares, domésticos, comerciantes minoristas y talleres artesanales; que realizan actividades
económicas de producción
a. Organizaciones del Sector Comunitario
Están vinculadas por:
-relaciones de territorio
-familiares
-identidades étnicas,
-culturales, de
género, de cuidado de la naturaleza, urbanas o rurales; o, de comunas, comunidades, pueblos y
nacionalidades
Sociales
Son organismos
Auditoría
Intervención
Control
de las actividades económicas.
técnicos de vigilancia,
Ambientales
Servicios que prestan las
entidades públicas y privadas.
Las asociaciones de la EPS y las cooperativas en formación reservaran, el
uso de una denominación por el plazo de noventa días
En el caso de las cooperativas
de transporte, la reserva se mantendrá vigente por un año.