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LOS SUJETOS DEL DERECHO DEL TRABAJO* - Coggle Diagram
LOS SUJETOS DEL DERECHO DEL TRABAJO*
EL Trabajador
Concepto
Debe recordarse aquí que las partes que celebran un contrato de trabajo se encuentran en una situación completamente desigual desde el punto de vista social y económico»
desigualdad a través del orden público laboral, verdadero valladar del poder económico del empresario
1 Concepto técnico-jurídicos el trabajador es la persona física que libremente se obliga a trabajar por cuenta y bajo dependencia ajena a cambio de una remuneración, y en virtud del contrato de trabajo.
Concepto económicos es toda persona física que realiza una actividad determinada con una finalidad productiva
Concepto legáis lo determina el artículo 25 de la LCT, que define al trabajador como el sujeto (persona física) que se obliga a realizar actos, ejecutar obras o prestar servicios a favor de la otra persona (física o jurídica) y bajo la dependencia de ésta, durante un período determinado
Algunas consideraciones acerca del concepto legal
que puede ser una persona física o visible y/o una persona jurídica o moral.
y que el contrato de trabajo tendrá por objeto la "prestación de una actividad personal e infungible " Es decir, quien puede realizar una actividad productiva y creadora, personal e infungible no es otro que el trabajador, persona física
s elementos de la dependencia o subordinación jurídica hacia el empresario en la realización de su trabajo, y por la ajenidad en los riesgos de la empresa en función del salario que percibe.
. Exclusiones del concepto de trabajador
Quien no preste servicios bajo la dependencia de otro
Quien no esté obligado a ser remunerado y la prestación sea obligatoria por disposición de la ley. Tal es el caso previsto por el artículo 671
Quien no esté obligado a prestar servicios.
Quien no es persona física.
Quienes no se comprometen personalmente a la realización de un servicio, sino que se limitan a la entrega de un resultado cuyo autor es jurídicamente irrelevant
Quienes trabajen en utilidad patrimonial propia (y no por cuenta ajena) y/o en un régimen de autoorganización
Quienes no concierten un verdadero contrato» por no haber un consentimiento contractual en sentido estricto
8 Cuando se trate de servicios cxigibles por una relación de empleo público y
La empresa
Concepto
La empresa es la acción y efecto de emprender difícil, de modo tal que no cualquier acción es empresa luralidad de acciones simples y es difícil por- ve. que esa pluralidad de acciones sólo puede ser reducida a la unidad
si orden
o podría ser empresa la mera repetición de ope raciones simples. La idea de empresa está esencialmente ligada a la de complejidad de la organización, de estructura, de orden, y el orden no es mera adición de partes iguales sino disposición de cosas diversas.
. La empresa en la LCT
empresa es entonces para la ley labora! un medio instrumental (no un fin en sí mismo), que se integra mediante la colaboración de personas que cumplen distintos roles, sumado a los medios materiales
Tal acti vidad se desarrolla bajo una dirección que la ley pone en cabeza del empresario o de sus representantes,
El interés del Derecho del Trabajo se encuentra vinculado básica mente con la normativa de orden público laboral (derecho necesario o de mínima) que debe aplicarse al personal de la empresa, con in dependencia de la forma jurídica que hay a adoptado el emprendimíento
El establecimiento
La definición legal del establecimiento es la “...unidad técnica o de ejecución destinada al logro de los fines de la empresa, a través de una o más explotacione
El establecimiento caracterizado por la ley es un espacio productivo . determinado por la existencia de una unidad técnica o de ejecución
que incluso puede desarrollarse en un espacio virtual.
VI. El empresario
El empresario es la persona física o jurídica que tiene el poder de rganizar y dirigir la empresa y es el titular -por disposición legal de la autoridad (poderes jerárquicos) empresaria
el ejercicio de dicho poder se delega comúnmente -y desde luego siempre que el empresario sea una persona jurídica- en directores profesionales, que a su vez suelen delegar par- celas de su poder general en otros mandos inferiores
VIL Asociaciones gremiales de trabajadores
grupo social organizado parti cular, de base asociativa, sin fines de lucro, no paritario y permanente”
En nuestro ordenamiento jurídico estas asociaciones encuadran den tro del concepto de personas jurídicas de carácter privado previstas en el artículo 148, inciso c, del nuevo Código Civil y Comercia
l sindicato es una organización permanente de trabajadores asa lariados para la representación y defensa de sus intereses económicos y sociales, frente a los de los empleadores y sus organizaciones y, eventual mente, frente a los de cualquier'otro sujeto público o privado
7 de la Organización Internacional del Trabajo ha definido a ¡a organización sindical como toda organi zación de trabajadores o de empleadores que tenga por objeto fomen tar y defender los intereses
no sólo es necesario al sector obrero para de sarrollar su acción contestataria y reí vindicativa, sino que el vigor del movimiento sindical es también un requisito esencial para el com promiso,
derecho a la personalidad jurídica como uno de los componentes de la libertad sindical, derecho reco nocido por el artículo 7o del Convenio N* 87 y