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código del trabajo - Coggle Diagram
código del trabajo
capitulo VII Art 152
la ausencia al trabajo se justificara mediante la presentación de un certificado medico otorgado por un facultativo del instituto ecuatoriano de seguridad social ,y a falta de este por otro profesional
certificado en el que debe constar la fecha probable del parto o la fecha en que tal hecho se ha producido
toda mujer trabajadora tiene derecho a una licencia con remuneración de 12 semanas por el nacimiento de su hijo(a)
capitulo XI Art 216 - jubilación a cargo de empleadores - los trabajadores que por 25 años o mas hubieran prestado servicios , continuada o interrumpida , tendrán derecho a ser jubilados por sus empleadores
la remuneración será una suma equivalente al 5% del promedio de la remuneración anual percibida en los 5 años , multiplicada por los años de servicio
se tomaran en cuenta para la rebaja del haber individual de jubilacion , los valores que por fondos de reserva hubiese legalmente depositado el empleador o entregado al trabajador
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capitulo XI Art 196 -derecho al fondo de reserva - todo trabajador que preste servicios por mas de un año tiene derecho a que el empleador le abone una suma equivalente a un mes de sueldo y salario por cada año completo posterior al primer servicio
la determinación de la cantidad que corresponda por cada año de servicio se hará de acuerdo con lo dispuesto en el articulo 95 de este código
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capitulo VI Art 97 participación de trabajadores en utilidades de la empresa ,- la empresa reconocera en beneficio de sus trabajadores el 15% de las utilidades liquidas
el porcentaje se distribuye asi:
el 10% se dividirá para los trabajadores de la empresa
el 5% restante será entregado directamente a los trabajadores de la empresa
capitulo V Art 69 vacaciones anuales- los trabajadores que hubieran prestado servicios por mas de cinco años en la misma empresa, tendrán derecho de un día adicional de vacaciones por cada uno de los años ,recibirán en dinero la remuneración de los días excedentes . el trabajador recibirá por adelantado la remuneración correspondiente al periodo de vacaciones