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Convención de las Naciones Unidas sobre los contratos de compra venta…
Convención de las Naciones Unidas sobre los contratos de compra venta internacional de mercadería
PARTE I
Cap 1: Ámbito de aplicación
Contratos de compraventa entre partes con establecimientos en diferentes Estados
No se aplicará a las compraventas de
• mercaderias compradas para uso personal
• subastas
• judiciales
• de electricidad
Contratos de suministros de mercadería que hayan de ser manufacturadas
Formación del contrato de compraventa y obligaciones de ambas partes
NO se aplicará a la responsabilidad del vendedor por la muerte
Se puede excluir la aplicación de la presente Convención
Cap 2: Disposiciones generales
Carácter internacional y necesidad de promover la uniformidad en su aplicación
Las declaracioness deberán interpretarse conforme a su intención
Para determinar la intención de una parte deberán tenerse en cuenta todas las circunstancias pertinentes del caso
Las partes quedarán obligadas
Establecimiento
Si una de las partes tiene más de un establecimiento será el que guarde mayor relación con el contrato
Si no tiene establecimiento, se tendrá en cuenta su residencia habitual
A los efectos de la presente convención, la expresión "por escrito" compende el telegrama y el télex
NO celebrarse por escrito
PARTE II
:
FORMACIÓN DEL CONTRATO
Una propuesta es precisa si indica las mercaderías y señala el precio y cantidad
La oferta surtirá efecto cuando llegue al destinatario
La oferta podrá ser revocada hasta que se perfeccione el contrato
La oferta, aun cuando sea irrovocable, quedará extinta cuando su rechazo llegue al oferente
El silencio o inacción NO constituyen aceptación
La aceptación surtirá efecto cuando la indicación de asentimiento llegue al oferente
Si establecieron entre las partes, puede indicar su asentimiento con un acto relativo
Contraoferta
: aquella que contiene condiciones o modificaciones
Aceptación
: Si contiene elementos adicionales que no alteren la oferta
Precio, pago, calidad y cantidad de las mercaderias, Alteran sustancialmente la oferta
Plazo de aceptación
fijado por el oferente comenzará a correr desde es momento en que la oferta llegue al destinatario
Los días
feriados
no se excluiran del cómputo del plazo de aceptación
Si se tiene que presentar y justo es feriado, se prorroga hasta el primer día laborable siguiente
Aceptación tardía
si el oferente informa al destinatario sin demora
ha sido enviada en condiciones tales que si habria llegado en circunstancias normales
Retirada
si llega al oferente antes que la aceptación haya surtido efecto
PARTE IV
:
DISPOSICIONES FINALES
No prevalecerá sobre NINGÚN acuerdo internacional ya celebrado o que se celebre que contenga disposiciones ralativas a las materias que se rigen
Sujeta a la firma en la sesión de clausura de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre contratos de compraventa
Todo Estado contratante podrá declarar en el momento de la firma, la etificación, la aprobación o la adhesión que no qyedará obligado por la Parte II
Todo Estado Contratante integrado por 2 o más unidades territoriales en las que, con arreglo a su constitución, sean aplicables distintos sistemas jurpidicos en relación con las materias objeti de la presente Convención
Normas jurídicas idénticas o similares
podrán declarar en cualquier momento
Todo Estado podrá declarar en el momento del depósito de su instrumento de ratificación, aceptación, aprobación o adhesión que no queará obligado por el Art 1
Todo Estado Contratante podrá denunciar la presente Convención, o su Parte II o su Parte III, mediante notificación formal hecha por escrito al depositario
PARTE III
:
COMPRAVENTA DE MERCADERÍAS
Cap 1: Disposiciones generales
El incumplimiento será esencial cuando cause a la otra parte un perjuicio que prive de que que tenia derecho a esperar
La declaración de la resolución del contrato surtirá efecto sólo si se comunica a la otra parte
Notificaciones no privarán el derecho a invocar tal comunicación
Derecho a exigir el cumplimiento de contrato
Puede MODIFICARSE O EXTINGUIRSE
Cap 2: Obligaciones del vendedor
Entregar mercadería y demás tal y como lo estipula el contrato
SECCIÓN I
: Entrega de las mercaderías y documentos
Donde el contrato establezca
Cuando se ponen las mercaderías en poder de un porteadir y no estuvieren claramente identificadas
ART 32
El vendedor deberá entregar las mercaderías
Cuando se haya determinado una fecha
Cuando se haya determinado un plazo (dentro)
En cualquier caso en un plazo razonable
Documentos
entregados en el lugar, momento y en la forma fijados en el contrato
SECCIÓN II
: Conformidad de las mercaderías y pretensiones de terceros
entregar productos cuya calidad, cantidad y tipo correspondan a los estipulados en el contrato
El
vendedor
es responsable de toda falta de conformidad que exista al momento de transmisión de riesgo y la ocurrida después del momento indicado anteriormente
No podrá invocar a las disposiciones si la falta se refiere a hechos que conocia
Entrega anticipada
: podrpa bien entregar la parte que falte de las mercaderias o entregar una sustitución siempre que no ocasione inconvenientes
El
comprador
debe examinar las mercancias
perderá el derecho a invocar la falta de conformidad si no comunica al vendedor
El
vendedor
deberá entregar las mercancías libres de dedrechos o pretensiones
El
comprador
perderá el derecho a invocar si no comunica al vendedor la existencia del derecho o la pretensión del tercero
SECCIÓN III
: Derechos en caso de incumplimiento del contrato por el vendedor
Si el vendedor no comple con sus obligaciones se puede exigir la indemnización
si el vendedor entrega las mercaderías antes de la fecha fijada, el comprador podrá aceptar o rehusar su recepción
El
comprador
podrá exigir al vendedor el cumplimiento de sus obligaciones
Si las mercaderías no fueron acorde al contrato, el comprador podrá exigir la entrega de otras mercaderías en sustitución
Podrá fijar un plazo suplementario para el cumplimiento de las obligaciones del vendedor
El comprador podrá declarar resuelto el contrato
si el vendedor incumple el contrato
Si la mercadería no fue conforme al contraro, el comprador podrá rebajar el precio proporcionalmente a la diferencia existente
Si no se entrega las mercaderías en el plazo establecido
Cap 3: Obligaciones del comprador
Deberá pagar el precio y recibirlas en las condiciones establecidad en el contrato
SECCIÓN I
: Pago del precio
cumplir con lo estipulado en el contrato
El peso neto es el que determina dicho precio
El vendedor podrá hacer del pago una condición para la entrega de mercancías
El
comprador
deberá pagar el precio en la fecha fijada
SECCIÓN II
: Recepción
La obligación del comprador de proceder a la recepción consiste:
Realizar los actos que razonablemente quepa esperar él para que el vendedor pueda efectuar la entrega
en hacerse cargo de las mercaderías
SECCIÓN III
: Derechos y acciones en caso de incumplimiento de contrato por el comprador
El vendedor podrá exigir al comprador que pague el precio, que reciba las mercaderías o que cumpla las demás obligaciones
El vendedor podra declarar resuelto el contrato si se dan cualquiera de las situaciones del Art 64
Cap 4: Transmisión del riesgo
La pérdida de las mercancías no liberarán a éste de su obligación de pagar el precio
Cap 5: Disposiciones comunes a las obligaciones del vendedor
SECCIÓN I
: Incumplimiento previsible y contratos con entregas sucesivas
Si después reculta manifiesto que la otra parte no cumplirá
Si antes de la fecha de cumplimiento fuere patente que una de las partes incurrirá en incumplimiento esencial del contrato
SECCIÓN II
: Indemnización de daños y perjuicios
comprende el valor de la pérdida sufrida y el de la ganancia dejada de obetner por la otra parte como consecuencia el incumplimiento
SECCIÓN III
: Intereses
Si una parte no paga, la otra parte tendrá derecho a percibir los intereses correspondientes
SECCIÓN IV
: Exoneración
Una parte no será responsable de la falta de cumplimiento del cualquiera de sus obligaciones
Si prueba que esto se debe a un impedimiento ajeno a su voluntad
Si se debe a la falta de incumplimiento de un tercero
Una parte no podrá invocar el incumplimiento de la otra en la medidad en que tal incumplimento haya sido causado por acción u omisión de aquella
SECCIÓN V
: Efectos de la resolución
La resolución del contrato liberará a las dos partes de sus obligaciones, salvo a la indemnización de daños y perjuicios que pueda ser debida
El comprador que haya perdido el derecho a declarar resuelto el contrato, conservará todos los demás derechos y acciones que le correspondan conforme al contrato
el
vendedor
si estuvieve obligado a restituir el precio, deberá abonar los intereses correspondientes a partir de la fecha en que se haya efectuado el pago
SECCIÓN VI
: Conservación de las mercaderías
Si el comprador se demora en la recepción, el vendedor si está en posesión de las mercaderías o tiene de otro modo poder de disposición sobre ellas
La parte que esté pbligada a dospotar medidas podrá despositarlas en los almacenes de un tercero a expensas de la otra parte, siempre que los gastos resultantes no sean excesivos