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EXTINCIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO - Coggle Diagram
EXTINCIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO
POR VOLUNTAD DE EMPRESARIO Y DEL TRABAJADOR
Por mutuo acuerdo entre empresario y trabajador.
Causas válidamente consignadas en el contrato de trabajo.
Por finalización del tiempo u obra pactados. Se indemniza con 12 días de salario por año trabajado.
POR VOLUNTAD DEL TRABAJADOR
Puede dimitir ( no tiene derecho ni a indemnización ni a cobrar el paro.)
Por abandono; es decir, si no avisado con tiempo suficiente, el empresario le puede demandar.
Por incumplimiento de las obligaciones por parte del empresario, se puede solicitar judicialmente el fin de contrato.
Por falta de pago de salario, se abona una indemnización de 33 días de salario por año de servicio con un máximo de 24 mensualidades, prorrateándose por meses los periodos inferiores al año.
-Por modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo y en la movilidad funcional o geográfica.
OTRAS CAUSAS
La defunción del empresario, el cierre de la empresa.
Muerte gran invalidez, incapacidad permanente total y absoluta o jubilación del trabajador.
Cuando es por voluntad del empresario , sin el acuerdo del trabajador,
el despido puede ser:
DESPIDO POR CAUSAS OBJETIVAS
Falta de adaptación del trabajador a las modificaciones técnicas.
Ineptitud del trabajador.
Amortizaciones de puestos de trabajo.
Faltas de asistencia, incluso justificadas.
Insuficiencia de adaptación económica de la Administración Pública.
DESPIDO DISIPLINARIO
Por decisión del empresario basado en un incumplimiento grave y culpable del trabajador.
-Indisciplina o desobediencia.
Embriaguez o toxicomanía.
Impuntualidad o faltar al trabajo repetidamente sin causa justificada.
Baja voluntaria y continuada en el rendimiento del trabajo.
Insultos, acoso, etc...
DESPIDO COLECTIVO ( ERE )
Debe estar fundamentado en razones económicas, técnicas, organizativas o de producción de la empresa; y que a causa de ellas, sea imposible la continuidad de la misma.
-Para un despido colectivo, se ha de seguir un proceso consistente en la comunicación a los representantes de los trabajadores, seguido de un período de consultas, cuyo resultado luego el empresario ha de comunicar a la autoridad laboral.
DESPIDO POR FUERZA MAYOR
IMPUGNACIÓN DEL DESPIDO
Si el trabajador no esta de acuerdo con el despido, puede impugnarlo
Proceso del despido disciplinario
Recibe la carta de despido.
Si no estas de acuerdo, acude con la papeleta de mediación al SMAC, para tratar de llegar a un acuerdo.
Una vez intentada la conciliación y no conseguida, el trabajador debe acudir al Juzgado de lo Social.
DESPIDO PROCEDENTE
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DESPIDO INPROCEDENTE
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DESPIDO NULO
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FINIQUITO
Es el documento entregado por el empresario al trabajador por la extinción del contrato y en el que se hace constar del término de la relación laboral
FINIQUITO - LIQUIDACIÓN
Son todas las cantidades que cobra el trabajador cuando se va de la empresa.
Por fin de contrato temporal o por que empresa y trabajador deciden terminarlo antes de tiempo.
FINIQUITO EXTINCIÓN
Cuando las dos partes ponen fin a la relación laboral y quedan saldadas las obligaciones pendientes en lo relativo a lo laboral, con el pago de la cantidad señalada.
El trabajador se compromete a no reclamar nada más.
CANTIDAD A RECIBIR EN EL FINIQUITO
Salario por los días trabajados en el último mes pendientes de cobrar.
Parte proporcional de vacaciones no disfrutadas.
Parte proporcional de pagas extras pendiente de cobrar.
Si procede, la indemnización por despido correspondiente.