Es considerado por la doctrina moderna como un elemento teleológico, lógico indispensable, para su existencia, en forma tal que un acto carente de fin, será un acto carente de cualquier valor, cada vez que falta el fin, falta el acto mismo, es un elemento esencial del acto administrativo, se concreta en el propósito que persigue o se propone alcanzar la Administración Pública, con la realización de su actor. Se distingue del motivo en que este es un antecedente inmediato, y el fin es una consecuencia mediata pero buscada y procurada por la propia administración ( Universidad del Valle de México UVM,2021)