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1. Se tendrán en cuenta su carácter:
2. Las cuestiones relativas a las materias que no estén expresamente resueltas en ella.
1. A los efectos las declaraciones y otros actos de una parte deberán interpretarse conforme a su intención.
2. Si el párrafo precedente no fuere aplicable, las declaraciones deberán interpretarse conforme a la situación una persona razonable.
3. Para determinar la intención de una parte deberán tenerse debidamente en cuenta todas las circunstancias pertinentes del caso.
1. Las partes quedarán obligadas por cualquier uso en que hayan convenido.
2. Salvo pacto en contrario, se considerará que las partes han hecho tácitamente aplicable al contrato un uso del que debían haber tenido conocimiento.
A los efectos de la presente Convención:
A los efectos de la presente Convención, la expresión “por escrito” comprende el telegrama y el télex.
1. Se aplicará en establecimientos de Estados diferentes:
3. A los efectos no se tendrán en cuenta ni la nacionalidad de las partes ni el carácter civil o comercial de las partes o del contrato.
2. No se tendrá en cuenta sus establecimientos en Estados diferentes antes de la celebración del contrato o en el momento de su celebración.
NO se aplicará a las compraventas:
1.NO se aplicará a la responsabilidad del vendedor.
1. La Convención no concierne, en particular:
2. No se aplicará a los contratos en los que consista en suministrar mano de obra o prestar otros servicios.
1. Se considerarán compraventas los contratos de suministro de mercaderías que hayan de ser manufacturadas o producidas.
1. La propuesta de celebrar un contrato constituirá oferta si es suficientemente precisa.
2. Toda propuesta no dirigida a una o varias personas será considerada como una simple invitación a hacer ofertas.
1. La oferta surtirá efecto cuando llegue al destinatario.
2. La oferta, aun cuando sea irrevocable, podrá ser retirada si su retiro llega al destinatario antes o al mismo tiempo que la oferta.
1. La oferta podrá ser revocada hasta que se perfeccione el contrato.
2. La oferta no podrá revocarse:
1. Toda declaración que indique asentimiento a una oferta constituirá aceptación.
1. El contrato podrá modificarse o extinguirse por mero acuerdo entre las partes.
2. Un contrato por escrito no podrá modificarse ni extinguirse por mutuo acuerdo de otra forma.
1. El vendedor deberá entregar las mercaderías libres de cualesquiera derechos o pretensiones de un tercero
1. Si el vendedor, conforme al contrato pusiere las mercaderías en poder de un porteador el vendedor deberá enviar al comprador un aviso de expedición
2. El vendedor, si estuviere obligado a disponer el transporte deberá concertar los contratos necesarios.
3. Si no estuviere obligado a contratar un seguro de transporte, deberá proporcionar al comprador toda la información disponible.
1. El vendedor deberá entregar mercaderías cuya cantidad, calidad y tipo correspondan a los estipulados en el contrato
2. Salvo que las partes hayan pactado otra cosa, las mercaderías no serán conformes al contrato a menos: