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Excepciones y defensas oponibles contra la acción derivada de un título de…
Excepciones y defensas oponibles contra la acción derivada de un título de crédito
Artículo 8° LGTOC
Incompetencia y falta de personalidad del actor;
No haber sido el demandado quien firmó el documento;
Falta de representación, poder o facultades legales en quien subscribió el título a nombre del demandado;
Haber sido incapaz el demandado al suscribir el título;
Fundadas en la omisión de requisitos que deben llenar o contener y la ley no presuma;
Alteración del texto del documento o de los demás actos que en él consten;
Fundadas en un título no negociable;
Basadas en la quita o pago parcial o en el depósito del importe de la letra;
Fundadas en la cancelación del título, o en la suspensión de su pago ordenada judicialmente;
Prescripción y caducidad y falta de condiciones necesarias para el ejercicio de la acción;
Personales que tenga el demandado contra el actor;
Declaración Especial de Ausencia de quién firmó, en los términos que la legislación especial en la materia establezca.
Artículo 1403 CC
Falsedad del título o del contrato contenido en él;
Fuerza o miedo;
Prescripción o caducidad del título;
Falta de personalidad en el ejecutante, o del reconocimiento de la firma del ejecutado, en los casos en que ese reconocimiento es necesario;
Incompetencia del Juez;
Pago o compensación;
Remisión o quita;
Oferta de no cobrar o espera;
Novación del contrato.