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TITULO II BIENES E INVENTARIOS. - Coggle Diagram
TITULO II
BIENES E INVENTARIOS.
CAPITULO I
CLASIFICACION DE BIENES
Art. 25.- Clases
Para efectos de este instrumento y consistentemente con la clasificación contable
expedida por el ente rector de las finanzas públicas, los bienes de propiedad de las entidades y organismos comprendidos en el artículo 1 del presente reglamento, se clasificarán en los siguientes
a) Bienes de Propiedad, Planta y Equipo
b) Bienes de Control Administrativo
c) Inventarios.
Sección I
Bienes de Propiedad, Planta y Equipo
Art. 26.- Definición.
Los bienes de Propiedad, Planta y Equipo son aquellos destinados
a las actividades de administración, producción, suministro de bienes, servicios y arrendamiento
Dentro de los bienes de Propiedad, Planta y Equipo se incluirán aquellos bienes de Infraestructura;
Patrimonio Histórico Artístico-Cultural; Biológicos; e Intangibles.
Requisitos.-
a) Ser destinados para uso en la producción o suministro de bienes y servicios, para arrendarlos a
terceros o para propósitos administrativos;
b) Ser utilizados durante más de un ejercicio fiscal
c) Generar beneficios económicos o potencial de servicio público; adicionales a los que se darían si
no se los hubiera adquirido;
d) Su funcionalidad estará orientada a la naturaleza y misión institucional; y
e) Tener un costo de adquisición definido por el órgano rector de las finanzas públicas para este tipo bienes
Art 27.- Control
El control de los bienes de Propiedad, Planta y Equipo y Control Administrativo se
realizará considerando la naturaleza, funcionalidad del bien y los siguientes aspectos
a) Por cada bien en forma individual;
b) Por cada componente en la medida en que la vida útil de cada parte o pieza que lo conformen sea diferente
Por lote o grupo de similares características físicas, adquiridos en una misma fecha, de igual valor
unitario (siempre y cuando no sobrepase el valor establecido por el órgano rector de las finanzas públicas), destinados a una sola área física y misma actividad administrativa y/o productiva.
Sección II
Bienes de control administrativo
Art. 28.- Definición
.- Son bienes no consumibles de propiedad de la entidad u organismo, tendrán
una vida útil superior a un año y serán utilizados en las actividades de la entidad
La clasificación de los bienes se realizará de acuerdo a la funcionalidad dependiendo de la
naturaleza y misión institucional
Estos bienes no serán sujetos a depreciación ni revalorización
La responsabilidad en el uso de estos bienes corresponderá al Usuario Final al cual le hayan sido
entregados para el desempeño de sus funciones. No se podrá hacer uso de estos bienes para fines personales o diferentes a los objetivos institucionales.
El control, identificación y constatación física será el mismo dispuesto para el resto de bienes
contemplados en este reglamento.
La identificación de los bienes de control administrativo, incluirá la peligrosidad, caducidad y/o
requerimiento de manejo especial en su uso
Sección III
Inventarios
Art. 29.- Definición.-
Son activos identificados como materiales o suministros consumibles durante el
proceso de producción, en la prestación de servicios o conservados para la venta o distribución, en el curso ordinario de las operaciones.
Características:
a) Ser consumibles, es decir, poseer una vida corta menor a un año; y,
b) Ser utilizados para el consumo en la producción de bienes, prestación de servicios y ser susceptibles de ser almacenados
Art. 30.- Control.
- Las adquisiciones y disminuciones de inventarios serán controladas y se
registrarán observando lo siguiente
a) Los registros serán controlados por el departamento encargado de su manejo a través del sistema
de inventarios permanente o perpetuo, utilizando como método de control el precio promedio ponderado
b) El Guardalmacén o quien hiciera sus veces, hará llegar periódicamente al departamento contable,
la información y documentación relativa al movimiento de ingresos y egresos para la valoración, actualización y conciliación respectiva de forma semanal o mensual
c) El Custodio Administrativo de cada área llevará una hoja de control por inventarios, en la que constará: identificación y descripción de los inventarios, fecha, cantidad, nombre del Usuario Final y firma.