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REGLAMENTO DE SEGURIDAD RADIOLÓGICA - Coggle Diagram
REGLAMENTO DE SEGURIDAD RADIOLÓGICA
Ministerio de Electricidad y Energía Renovable
La subsecretaría de Control y Aplicaciones Nucleares
Reglamentación nacional y en las recomendaciones emitidas desde el Organismo Internacional de Energía Atómica, fomentando siempre el mantenimiento de altos estándares de protección radiológica y seguridad física en las instalaciones donde se operan fuentes de radiación ionizante.
I. De la protección Contra la Radiación
II. Radioisótopos como Fuentes Abiertas
III. Radioisótopos como fuentes selladas
IV. Máquinas de Rayos X en general
Capitulo I: Disposición de Seguridad Radiológica.
Capitulo II: Instalaciones Radiográficas de diagnostico Médico excluidas las Dentales y Veterinarias.
Capitulo III: Instalaciones Radiológicas Dentales.
Capitulo IV: Instalaciones Radiográficas en Medicina Veterinaria.
Capitulo V: Instalaciones Fluoroscópicas.
Capitulo VI: Instalaciones de Terapia.
Capitulo VII: Máquinas de Rayos X en Radiografía Industrial.
Capitulo I: Radioisótopos en implantes de medicina.
Capitulo II: Radioisótopos en aplicaciones externas con fines médicos.
Capitulo III: Radioisótopos en investigación
Capitulo IV: Radioisótopos en la Industria.
Capitulo V: Importación de Radioisótopos
Capitulo I: Licencias para la adquisición y uso de fuentes abiertas
Capitulo I: Límite de Dosis.
Capitulo II: Procedimientos Preventivos.
Capitulo III: Notificaciones y Registros.
Capitulo IV: Desperdicios radioactivos y Descontaminación de Instalaciones.
DISPOSICIONES VIGENTES
a.- Código de Salud. Capitulo IV, Artículo 37-44 "De las Radiaciones Ionizantes" (1971)
b.- Convenio No 115 suscrito por el Gobierno Nacional y la Organización Nacional Internacional de Trabajo O.I.T relativo a la protección contra las Radiaciones en vigencia desde el 10 de mayo de 1972
c.- Ley de la Comisión Ecuatoriana de Energía Atómica, expedida por Decreto Supremo No. 3306 en vigencia desde el 23 de marzo de 1979
d.- Tratado de Salvaguardias nucleares suscrito en México el 2 de Octubre de 1974, en vigencia desde el 14 de febrero de 1975
e.- Ley de Prevención y Control de la Contaminación ambiental, expedida por Decreto Supremo No. 374 en vigencia desde el 31 de mayo de 1976, Capítulo IV, Artículo 10 letra h
Que controla y regula el uso pacífico de las radiaciones ionizantes en el Ecuador
Documento legal que permita regular y ejercer el control del buen uso de las radiaciones ionizantes y asegure a usuarios, a miembros del público que puedan estar directa o indirectamente expuestos a esta clase de radiaciones y a la población en general, que su empleo se realiza sin riesgos