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Convenios de doble tributación - Coggle Diagram
Convenios de doble tributación
Fuentes del derecho tributario internacional
Concepto
Comprende las normas tributarias entre los sujetos del ordenamiento Internacional y sólo indirectamente las relaciones tributarias entre contribuyentes.
Fuentes
Una correcta apreciación y delimitación de las mismas permite comprender cabalmente los conceptos que se desea abordar dentro de una parte específica del Derecho.
PRINCIPIO DE LA FUENTE O DE TERRITORIALIDAD
Conocido también como el del país de origen, grava el capital y las rentas por este producidas dentro del territorio físico en que ese capital este situado, cualesquiera fueren la nacionalidad, domicilio o lugar de residencia de los titulares o dueños de esa capital, o perceptores de esas rentas.
PRINCIPIO DE FUENTE MUNDIAL BASADO EN LA NACIONALIDAD O CIUDADANIA.
Aunque no sean ciudadanos o súbditos de ella, en la promulgación de leyes tributarias que incorporaron conceptos jurídicos de domicilio y residencia como otros criterios atributivos de sujeción de las personas a la potestad tributaria de la Nación, independientemente de su nacionalidad
PRINCIPIO DE FUENTE MUNDIAL BASADO EN EL DOMICILIO O LA RESIDENCIA.
La mayoría de los países adoptaron inicialmente el criterio de la nacionalidad, para imponer a sus ciudadanos o súbditos (nacidos en su territorio o naturaleza), la obligación de tributar no solo sobre el capital y sus rentas producidas en el país, sino también sobre las percibidas desde el
extranjero,
El derecho tributario internacional
Fiscalidad Internacional
La globalización es un proceso que tiende a eliminar las barreas entre las naciones, peor en una forma muy diferente al sistema comunitario institucionalizado.
Derecho internacional
Es la rama del derecho tributario cuyo objeto es estudiar las normas que corresponde aplicar cuando dos o más naciones o entes supranacionales integrados entran en contacto por motivos de distinta índole, como, por ejemplo coordinar los métodos necesarios para combatir la evasión fiscal internacional.
Doble Imposición Internacional
El hecho de que sobre una misma manifestación de riqueza incidan varios impuestos en un mismo periodo impositivo.
Medidas para evitar la doble imposición
Convenios de Doble Imposición
Tratados internacionales contienen medidas para evitar doble imposición fiscal
Produce la Doble Imposición
Nacionalidad
Sentimiento personal
Imposición real
Estado impositor competente
Convenios Modelo para Evitar la Doble Imposición
Países se comprometen recíprocamente a no gravar a residentes del otro país
Comunidad Andina de Naciones (CAN)
Busca medidas para facilitar el comercio internacional
Globalización, Derecho Internacional Tributario, doble imposición y los Convenios Internacionales sobre la materia
Deslocalización
Se produce cuando una determinada jurisdicción fiscal atrae para sí capitales como consecuencia de una baja o nula tributación
Flujo de Capitales
(Utilidades) desde una determinada jurisdicción tributaria a otra en la cual se presenten las mencionadas circunstancias de elusión.
Transferencias
De bienes, servicios o intangibles entre empresas relacionadas que manejan en estas transacciones
Doble Imposición
Tratados internacionales que contienen en particular medidas para evitar los supuestos de doble imposición fiscal internacional.
Características
En la medida en que en el país de la fuente se aplique una tarifa de impuesto sobre la renta mayor a la aplicada en el país de la residencia
En materia de retenciones en la fuente sobre pagos al exterior a favor de entidades o personas no domiciliadas en el país de la fuente
La mayoría de los sistemas tributarios de los países andinos no tienen normas generales para determinar el ingreso bruto directamente relacionado con la actividad efectivamente desarrollada por la sucursal o establecimiento permanente
Nociones fundamentales del derecho tributario
Ámbito de Aplicación
La presente Decisión es aplicable a las personas domiciliadas en cualquiera de los Países Miembros de la Comunidad Andina, respecto de los impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio.
Se aplica principalmente en: Bolivia, Ecuador, Colombia, Perú, Venezuela,
Definiciones Generales
Los términos "Países Miembros" servirán para designar indistintamente a Bolivia, Colombia, Ecuador, Perú y Venezuela.
La expresión "territorio de uno de los Países Miembros" significará indistintamente los territorios de Bolivia, Colombia, Ecuador, Perú y Venezuela.
El término "persona" servirá para designar a:
Una persona física o natural
Una persona moral o jurídica
Cualquier otra entidad o grupo de personas,