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Compañía Anónima, image, image, image, Ley de compañías en el Art. 92,…
Compañía Anónima
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Capital
Mínimo es de 400,00 dólares, deberá suscribirse íntegramente y pagarse al menos en el 50%
Las aportaciones pueden ser: en numerario o en especies muebles o inmuebles e intangibles, o incluso, en dinero
Los aportes de esta compañía serán iguales, acumulativas e indivisibles
Derechos de los socios:
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Intervenir, a través de asambleas, en todas las decisiones
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Administración
Junta general, formada por los socios legalmente convocados y reunidos.
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Juntas generales extraordinarias, convocadas en cualquier época del año.
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