Please enable JavaScript.
Coggle requires JavaScript to display documents.
Procedimiento Administrativo de Rectificación de actas y de Estado Civil,…
Procedimiento Administrativo de Rectificación de actas y de Estado Civil
Consiste
Trámite Excepcional de corrección o Jurídica del contenido del acta civil (personas naturales)
Formas
Vía Administrativa
Sede Administrativa
(Registro Civil)
Omisión o errores materiales de forma
como
Cambio de Letras
Palabras mal escritas o errores ortográficos
Transcripción errónea de apellidos
Vía Judicial
Contenido
Art. 768 al 774
Del Código de Procedimiento Civil de Venezuela
Trámites
Judicial
Solicitud escrita
Ante Juez competente
Adultos
Ordena emplazamiento
Antes de admitirla
De personas mencionadas en la solicitud como los terceros que esten afectados.
Pueden oponerse o no
Plazo 20 días
Si no hay oposición
Abre una articulación probatoria (lapso de 10 días)
Dicta Sentencia. (art. 242-243 CPC)
Juez de la jurisdicción Especial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
Menores de edad
Administrativo
Demostrar
Existencia del error
con
Pruebas admisibles
Sede Jurisdiccional (Tribunales)
Con errores materiales de fondo:
Inexactitudes
son
Incongruencias, discordancias, o anacronismo de los que adolece el acta correspondiente.
Omisiones
son
Es la prescindencia total o parcial de algunos de los requisitos fundamentales que señala la Ley.
Menciones prohibidas
son
Son todas aquellas menciones, aseveraciones e indicaciones que no se encuentren dentro de las especificaciones.
Ante Registrador Civil respectivo
Debe pronunciarse dentro de 8 días hábiles
Expresando y fundamentando
Partida a rectificar
Personas afectadas o interesadas, domicilio y residencia
Cambio de nombre u otro elemento permitido por Ley.