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DERECHOS DE PERSONAS Y GRUPOS DE ATENCIÓN PRIORITARIA EN LA CONSTITUCIÓN…
DERECHOS DE PERSONAS Y GRUPOS DE ATENCIÓN PRIORITARIA EN LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ECUADOR
Ampliación de titulares y derechos de grupos de atención prioritaria
CPE
1998
Adultos mayores, niños/niñas, adolescentes, embarazadas, discapacitados
Art. 38
Área rural y urbana
Políticas Publicas
Inequidades de genero
Derechos
Atención gratuita
Salud
Acceso a medicinas
Trabajos remunerados
Inclusión de los jóvenes dentro de los grupos de atención prioritaria
Personas con condición de refugio
Derechos internacionales
Personas Desplazadas
Derecho de protección y asistencia humanitaria
Mujeres embarazadas
Derecho de no discriminación en el ámbito social y educativo
Niños/Niñas y adolescentes
Derecho común del ser humano, derecho de su edad
Personas con discapacidad
Equipación- integración social
Personas con enfermedades catastróficas
Atención gratuita en todos los niveles
Personas privadas de la libertad
No deben ser sometidos a aislamiento
Educación que desarrolle habilidades y potencie sus capacidades
Derecho a la igualdad y atención prioritaria
Derecho de carácter complejo
CPE
Garantiza y reconoce a las personas el derecho a la igualdad formal, igualdad material y a la no discriminación
Reconoce del derecho a la igualdad ante la ley como uno de los pilares del Estado.
Salto histórico cualitativo.
Igualdad Material
Igualdad Económica. :
La NO discriminación
Considerado como un derecho
Regido por principios
CIDH
Tenemos derecho a ser iguales cuando la diferencia nos inferioriza y tenemos derecho a ser iguales
Desigualdad
Reconocer por factores
Desigualdad real
Relacion
Contenido y tipo
Carácter temporal
Razonabilidad