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Derechos de las personas y grupos de atención prioritarios - Coggle Diagram
Derechos de las personas y grupos de atención prioritarios
Derecho a la igualdad y no discriminación
Corte Constitucional Colombiana (CCC)
Cotegoría sospechosa
Rasgos permanentes de las personas
Sometidos históricamente a patrones que tienden a menos preciarlas.
No constituye "per se": reparto equitativo de los bienes
Declara la igualdad como ley y busca cambiar las antiguas formas de discriminación.
Admite la distinción de derecho
Grupos Prioritarios
Constitución Política del Ecuador (CPE)Art 66, Nº4 .
Reconoce y garantiza la igualdad formal y material.
Se considera
Reconoce medidas especiales
Medidas de concientización
Medidas de promoción de la igualdad
Medidas de trato preferencial
Acciones Positivas
Dignidad de las personas
Aparece la igualdad material sustancial (igualdad de bienes y economía)
Discriminación intencional:
Cuando las leyes, políticas y prácticas discriminan de manera explícita a una o un grupo de personas
Discriminación indirecta
: Aplicación de las normas, políticas o practicas a primera vista parecen neutrales pero el impacto es perjudicial para los grupos de situación de vulnerabilidad.
Ampliación de Titulares y Derechos -Grupos de Atención Prioritaria
Niños, niñas y
adolescentes
☆ Garantizar nutrición, salud y educación integral.
☆Educarse en su idioma y contexto cultural de sus pueblos y nacionalidades.
Personas con enfermedades catastróficas o de alta complejidad
☆Derecho a atención especializada y gratuita en todos los niveles de manera oportuna y preferente.
Adultos mayores
☆Atención gratuita y especializada en salud, nutrición, educación y cuidado diario.
☆Acceso a la vivienda, jubilación,
☆Protección contra todo tipo de violencia y maltrato
Personas
desplazadas
☆Protección y asistencia humanitaria
☆Aseguramiento de alimentos, alojamiento, vivienda y servicios médicos.
Personas en
movilidad humana
☆Personas ecuatorianas en el extranjero y sus familias
☆Programas de asistencia, asesoría y protección integral ☆Reunificación Integral y retorno voluntario.
☆Condición de refugio, asilo y desplazamiento
Jóvenes
☆No existe norma prioritaria en la Constitución de 1998
☆Garantiza participación en todos los ámbitos:
Públicos
Educación
Vivienda
Salud
Recreación/Deporte
Personas con
discapacidad
☆Equiparación de oportunidades e integración social.
☆Cuidado de la salud integral y asistencia medica gratuita.
☆Educación holística para el desarrollo de sus capacidades.
Mujeres
embarazadas
☆No ser discriminadas en ningún ámbito educativo, social, cultural o laboral.
☆Cuidado de la salud integral durante el embarazo, parto y posparto
Personas privadas de la libertad
☆NO ser sometidos a aislamiento.
☆Atención a sus necesidades educativas, laborales, productivas culturales y humanas.