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Derecho constitucional comparado, No constituye una estructura…
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No constituye una estructura sistematizada de normas y principios legales, sino un método de aproximación a algún aspecto de uno o varios derechos extranjeros.
El derecho comparado comprende el proceso metodológico mismo de la comparación como los resultantes procesos de análisis, equiparación e incluso homologación de los aspectos comparados.
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Reconoce que el fenómeno jurídico se encuentra condicionado por la riqueza que representa la diversidad cultural humana; por lo que es indeseable la armonización de todos los sistemas jurídicos en un solo derecho mundial.
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Disciplina que debe considerarse como una aproximación introductoria al campo del derecho comparado, ya que ofrece un panorama del fenómeno jurídico en la pluralidad de naciones que conforman la humanidad.
Referencias: Sarfatti, Mario, Origen del Derecho Comparado, [en línea], Dirección URL: http://bibliohistorico.juridicas.unam.mx/libros/2/632/5.pdf Zarate, Humberto, Sistemas Jurídicos Contemporáneos, Mc Graw Hill, México, 1997, pp. 1-9.