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La compra de bienes de menor cuantía - Coggle Diagram
La compra de bienes de menor cuantía
Art.50.Procedimiento de Cotización
.
Este procedimiento, se utilizará en cualquiera de los siguientes casos
Si fuera imposible aplicar los procedimientos dinámicos previstos en el Capítulo II de este Título o,
en el caso que una vez aplicados dichos procedimientos, éstos hubiesen sido declarados desiertos;
siempre que el presupuesto referencial oscile entre 0,000002 y 0,000015 del presupuesto inicial del
Estado del correspondiente ejercicio económico;
La contratación para la ejecución de obras, cuyo presupuesto referencial oscile entre 0,000007 y
0,00003 del presupuesto inicial del Estado del correspondiente ejercicio económico.
La contratación para la adquisición de bienes y servicios no normalizados, exceptuando los de
consultoría, cuyo presupuesto referencial oscile entre 0,000002 y 0,000015 del presupuesto inicial del Estado del correspondiente ejercicio económico
Art. 51.- Contrataciones de Menor Cuantía
Las contrataciones de bienes y servicios no normalizados, exceptuando los de consultoría cuyo
presupuesto referencial sea inferior al 0,000002 del Presupuesto Inicial del Estado del correspondiente ejercicio económico
Las contrataciones de obras, cuyo presupuesto referencial sea inferior al 0,000007 del
Presupuesto Inicial del Estado del correspondiente ejercicio económico
En el caso previsto en el numeral 2 se adjudicará el contrato a un proveedor registrado en el RUP
escogido por sorteo público de entre los interesados en participar en dicha contratación
Aquellos
proveedores que a la fecha de la publicación del procedimiento mantuvieran vigentes contratos de ejecución de obra, adjudicados a través del procedimiento de menor cuantía, cuyos montos
individuales o acumulados igualaren o superaren el coeficiente establecido en el numeral 2 de este articulo
no podrán participar en procedimiento de menor cuantía de obras alguno hasta que hayan
suscrito formalmente la recepción provisional de el o los contratos vigentes.
Si fuera imposible aplicar los procedimientos dinámicos previstos en el Capítulo II de este Título o, en el caso que una vez aplicados dichos procedimientos, éstos hubiesen sido declarados desiertos
En los casos de los numerales 1 y 3 se podrá contratar directamente; para el efecto, se contará con al menos tres proformas, salvo el caso de manifiesta imposibilidad.
Art. 52.- Contratación Preferente
.
En las contrataciones de bienes y servicios que se adquieren por
procedimientos de cotización y menor cuantía, excepto los servicios de consultoría, se privilegiará la:
Contratación con micro y pequeñas empresas
Artesanos o profesionales
Sectores de la economía
popular y solidaria,
Estén habilitados en el RUP para
ejercer esta actividad, y preferentemente domiciliados en la circunscripción territorial en que se ejecutará el contrato
Solamente en caso de que no existiera en la circunscripción territorial del correspondiente gobierno,
oferta de proveedores que acrediten las condiciones indicadas en los incisos anteriores, la máxima autoridad de la entidad contratante,
SECCIÓN II
MENOR CUANTÍA
Art. 58.- Bienes y servicios
Para las contrataciones previstas en los numerales 1 y 3 del Art. 51 de la Ley, cuya cuantía no exceda el monto equivalente al 0,000002 del Presupuesto Inicial del Estado,
La máxima autoridad o su delegado podrá seleccionar directamente y adjudicar al contratista que cumpla con los requerimientos de la contratación previstos en los pliegos elaborados por la entidad contratante sobre la base de los formatos elaborados por el INCOP.
Art. 59.- Obras
.- En los procesos de contratación de obras de menor cuantía, se verificará lo siguiente:
Únicamente los proveedores que cumplan las condiciones establecidas en el artículo 52 de la Ley serán invitados a través del Portal a manifestar su interés de participar en el sorteo
Los proveedores invitados, en un término no menor a tres (3) ni mayor a cinco (5) días contados a partir de la fecha de la invitación, manifestarán su interés mediante la presentación de sus ofertas técnicas y de la carta de aceptación expresa del presupuesto referencial determinado por la entidad contratante
La máxima autoridad de la entidad contratante o su delegado verificarán el cumplimiento de los requisitos técnicos previstos en los pliegos y la aceptación del presupuesto referencial
De entre los proveedores calificados se adjudicará la obra al proveedor escogido por selección automática aleatoria del portal www.compraspublicas.gob.ec
Aquellos proveedores que a la fecha de la publicación del procedimiento mantuvieran vigentes contratos de construcción de obra pública cuyas cuantías individuales o acumuladas igualaren o superaren el coeficiente establecido en el numeral 2 del artículo 51
no podrán participar en ningún procedimiento de menor cuantía de obras hasta la entrega recepción definitiva de el o los contratos vigentes
Si no existieran proveedores que sean profesionales, miera o pequeñas empresas, dentro del cantón, se realizará el sorteo contando con los proveedores de la provincia o del país, en ese orden.
No podrán participar en el sorteo aquellos proveedores que hubieren efectuado un cambio de domicilio exclusivamente para efectos de participar en una contratación específica de menor cuantía de obras