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Tributos al Comercio Exterior - Coggle Diagram
Tributos al Comercio Exterior
Hecho Generador de la Obligación Tributaria Aduanera
Nacimiento de la Obligación Tributaria Aduanera
Nace al momento de la aceptación de la declaración por la Administración Aduanera; en el de las tasas, nace por la utilización del respectivo servicio aduanero
El Hecho generador de la obligación tributaria aduanera es todo aquel ingreso o salidas de mercancías del el territorio que aduanero que está controlado por las autoridades aduaneras competentes y correspondientes.
Para el pago de impuestos al comercio exterior, es la presentación de la declaración; en las tasas, es la prestación de servicios aduaneros
Las mercancías que de una u otra manera haya pasado o tengan que pasar por el territorio aduanero haciendo así un tránsito internacional, como parte de una operación de tráfico internacional de mercancías incluyendo así también el transbordo.
Base Imponible
Para poder hacer el cálculo de los impuestos que se deben pagar en una importación debemos tener una base imponible a continuación se expone lo que es según el COPCI
La base imponible de los derechos arancelarios es el valor en aduana de las mercancías importadas.
Cuando la base imponible de los derechos arancelarios no puede determinarse, conforme el valor de transacción de las mercancías importadas, se determinará de acuerdo a los métodos secundarios de valoración previstos en las normas que regulen el valor en aduana de mercancías.
Para el cálculo de la base imponible, los valores expresados en moneda extranjera, serán convertidos de uso legal, a tipo de cambio vigente a la fecha de la presentación de la declaración aduanera.
La Corporación Aduanera Ecuatoriana, mediante resolución dictará las normas correspondientes sobre el valor en aduana de las mercancías, en base a Convenio de Adhesión del Ecuador a la Organización Mundial de Comercio
Tributos al Comercio Exterior
a) Los derechos arancelarios establecidos en los respectivos aranceles
b) Los impuestos establecidos en leyes especiales
c) Las tasas por servicios aduaneros
La Corporación Aduanera Ecuatariana mediante resolución creará o suprimirá las tasas por servicios aduaneros, fijará sus tarifas y regulará su cobró
Impuestos Nacionales
Impuesto al Valor Agregado IVA
Impuesto a los Consumos Especiales ICE
Fondo de Desarrollo para la infancia FODINFA
Derechos Aranceles
- AD VALOREM:
Son establecidos por la autoridad y se aplica porcentajes correspondiente al valor de las mercancías.
- Específicos:
Consiste en recargos fijos que se aplican en base a determinadas condiciones de las mercancías. Ejemplo: Peso, unidades físicas, dimensiones, volumen etc.
- Mixtos:
Consiste en derechos arancelarios ad valorem y específicos que se aplican conjuntamente.
Impuesto a la Salida de Divisas
Tasas por servicios aduaneros
Tasa de almacenaje
Tasa de control
FODINFA
Fondo de Desarrollo para la infancia
Equivale al 0.50% del valor CIF y se aplica a todas las importaciones
Excepto en el caso de los productos utilizados en la elaboración de fármacos de consumo humano y veterinario