Se ocupaba de la estructura como organización, funcionamiento y determinación de la competencia de los tribunales llamados comunes del Distrito Federal que se componían de los juzgados de Paz, los juzgados de lo civil, los juzgados de lo familiar, los juzgados del arrendamiento Inmobiliario, los juzgados de lo concursal, los juzgados penales, los árbitros, los presidentes de debates, el jurado popular, la oficina central de consignaciones, y el tribunal superior de justicia, compuesto por 14 salas, un pleno integrado por 42 magistrados y un presidente, y por 222 juzgados: 38 civiles, 40 familiares, 40 de arrendamiento inmobiliario, 66 penales, dos concursales y 36 juzgados mixtos de paz.
Las dependencias del poder judicial del, entonces, Distrito Federal eran: el archivo judicial, la oficina de anales de jurisprudencia y boletín judicial, el centro de estudios judiciales, la oficina central de consignaciones y la oficina central de notificadores
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El 7 de febrero de 1996, se publicó en el DOF la Ley Orgánica del Tribunal Superior de Justicia del D.F. Qué es la que rige actualmente en la ciudad de México, en la cual se establecen ligeras modificaciones a lo anteriormente explicado como son: cambio de denominación de alguna de las dependencias auxiliares de administración de justicia; el pleno del tribunal superior de justicia ahora se integra por 49 magistrados; y otras modificaciones