Ley Orgánica de protección de datos personales

Art. 62.- Requerimiento directo del titular del dato de carácter personal al responsable del tratamiento.

Art. 65.- Medidas correctivas.

Art. 64.- Procedimiento administrativo.

Art. 61.- Control continuo.

Art. 63.- Actuaciones previas.

Art. 70.- Infracciones graves del Encargado de protección de datos

Art. 68.- Infracciones graves del Responsable de protección de datos.

Art. 66.- Aplicación de medidas correctivas.

Art. 69.- Infracciones leves del Encargado de protección de datos.

Art. 67.- Infracciones leves del Responsable de protección de datos.

Art. 72.- Sanciones por infracciones graves.

Art. 74.- Medidas provisionales o cautelares

Art. 71.- Sanciones por infracciones leves.

Art. 73.- Volumen de negocio.

Art. 75.- Autoridad de protección de datos personales.

"Art. 78.- Seguridad de los Datos Personales.

Art. 77.- Del titular de la Autoridad de Protección de datos.

Art. 82.- Uso comercial de datos personales.

"Art. 81.- Guías telefónicas o de abonados en general.

Art. 76.- Funciones atribuciones y facultades.

Art. 83 - Control técnico.

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