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RÉGIMEN JURÍDICO DE MENORES INFRACTORES
1899.- creación del primer Tribunal Juvenil en Chicago, Illinois, se inicia propiamente la discusión para sustraer a los menores de la justicia penal.
1959.- la Asamblea General de la ONU proclamó la Declaración de los Derechos del Niño, que contiene principios que conocemos como la doctrina de la “protección integral”.
En México fue hasta 1923, surge en San Luis Potosí un órgano de este género.
1926.- empieza a funcionar en el D.F. el Tribunal para Menores.
12-DIC-2005.- reforma al artículo 18 Constitucional, establece un sistema integral de justicia que garantice el respeto irrestricto de los derechos fundamentales que reconoce la CPEUM para todo individuo, y limita su aplicación a los adolescentes a quienes se les atribuya la comisión de conductas tipificadas como delitos, cuyas edades fluctúen entre 12 años cumplidos y menos de 18 años de edad, dejando en claro que las personas menores de 12 años sólo serán sujetos a rehabilitación y asistencia social.
1965.- primera regulación a nivel constitucional de esta materia al incluirse un cuarto párrafo al artículo 18 constitucional y así crear instituciones especiales para el tratamiento de menores infractores.
1973.- dio origen a la Ley que crea el Consejo Tutelar para Menores Infractores en el Distrito Federal y Territorios Federales. ABROGACIÓN DE LA LEY
El 14-DIC-1990.- la ONU adoptó dos documentos de gran trascendencia en el tema:
Directrices de las Naciones Unidas para la prevención de la delincuencia juvenil, conocidas como “Directrices de Riad”
En segundo término, tenemos las Reglas de las Naciones Unidas para la protección de los menores privados de libertad.
1985.- la Asamblea General de la ONU proclamó las Reglas Mínimas de las Naciones Unidas para la administración de justicia de menores “Reglas de Beijing”.
20-NOV-1989.- la ONU se trata Convención sobre los Derechos del Niño, se ratificada en México en el mes de SEP-1990 y publicada en el DOF el 25-ENE-1991.
24-DIC-1991.- Se publica la Ley para el Tratamiento de Menores Infractores para el Distrito Federal en Materia Común y para toda la República en Materia Federal. SE ABROGO EL 16-JUN-2016
29-MAY-2000.- fue publicada en el DOF la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y
Adolescentes.
JUL-2003.- la CNDH presentó a la opinión pública un “Informe especial sobre la situación de los derechos humanos de los internos en los centros de menores de la República mexicana; para que se considere al menor infractor a la persona mayor de 12 años y menor de 18, también que exista una adecuada clasificación y separación de los menores en internción.
12-SEP-2006.- entró en operación el nuevo sistema de justicia para adolescentes.
JUN-2016.- se publicó la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes — LNSIJPA.