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Introducción a la Psicología Forense, Andrea Janeth Pérez Montaño …
Introducción a la Psicología Forense
La psicología jurídica: confluencia entre psicología y derecho
Psicología:
es la ciencia que estudia el comportamiento humano en un sentido extenso.
Derecho:
es la ciencia que estudia las leyes y su aplicación.
La psicología y el derecho son ciencias humanas y sociales que comparten el objeto de la intervención como la conducta de las personas.
La relación entre psicología y derecho la distinguen Fariña, Arce y Seijo (2005) en cuatro etapas:
1.- Desde comienzo del siglo hasta los años 30:
se orienta hacia fenómenos de la testificación y se destacan trabajos sobre procesos psicológicos
2.- De 1930 a 1950:
fue la época menos fructífera de la psicología jurídica por la diversificación de los nuevos campos de la psicología.
3.- De 1950 a 1970:
los tribunales comienzan a utilizar psicólogos como testigos expertos sobre cuestiones criminales.
En 1932 Emilio
Mira y López publica el "Manual de Psicología Jurídica", teniendo de objetivo ofrecer los conocimiento de la psicología.
En España en los años 70 comenzaron a trabajar el ámbito carcelario, promoviendo el interés en diversas instituciones.
4.- A partir de los años 70:
la psicología forense toma un impulso con demandas considerables.
En 1981 la American Psychological Association creó la
División 41 (psicología jurídica).
En Cataluña, a finales de los 80 existía un grupo de trabajo de Psicología Jurídica y en 1990 se constituyo como Comisión y en el 2000 como Sección Profesional.
Psicología jurídica:
comprende el estudio, evaluación, prevención, tratamiento y asesoramiento de los fenómenos psicológicos, conductuales y relacionales que inciden en el comportamiento legal de las personas, utilizando métodos de la psicología científica.
Psicología forense:
J. Urra (1993) dice que es la ciencia que enseña la aplicación de todas las ramas y saberes de la psicología ante las preguntas de la justicia y coopera con la administración de la misma actuando en el foro y mejorando el ejercicio del derecho.
Requerimiento del psicólogo forense: es la elaboración de peritajes psicológicos, y a partir de la Sentencia del Tribunal Supremo de 1962 se considera error judicial rechazar la peritación de un psicólogo respecto de su área de especialización.
La psicología permite aportar medios de conocimiento que un Tribunal no puede ignorar en su juicio sobre la credibilidad del testigo y que por si mismo no pueda obtener en razón del carácter científico especializado de los mismos de la Torre (1999).
Intervenciones frecuentes en los distintos ámbitos
Derecho penal:
se valora la responsabilidad criminal en caso de trastorno mental de un acusado, prestar testimonio y secuelas de las victimas.
Derecho de familia:
adopción, privación de derechos parentales, custodia de hijos (divorcio, nulidad y separación) y filiación.
Derecho laboral:
valoración de daños y secuelas psíquicas a accidentes o situaciones de trabajo, etc.
Derecho civil:
procesos de tutela e incapacitación de adultos, internamientos psiquiátricos involuntarios, protección de menores.
Dictamen pericial
Mauleón (1984) lo define como la opinión objetiva e imparcial de un especialista con los conocimientos debidos acerca de la existencia de un hecho y la naturaleza del mismo.
En las Directrices especializadas para psicólogos forenses se especifica la obligación de seguir los estándares éticos mas elevados de la profesión y estar actualizados de los conocimientos.
Proceso:
2.- La aceptación siendo el acto de contestación de la solicitud implicando un juramento.
3.- La citación convoca al psicólogo a la fecha de entrega del informe.
1.- El juez emite una petición oficial para el cargo del peritaje y este acepte.
Perito:
emite un juicio o valoración sobre un hecho, de acuerdo a un examen en consideración para deducir y exteriorizar conclusiones y respuestas.
Ejerce su rol como un colaborador con el jurista.
Es un experto que asesora al juez en materia de su conocimiento.
Su objetivo es: según Ibáñez y Ávila (1989) es la determinación de los hechos, manifestaciones y consecuencias, siendo el principio del examen pericial clarificando sus funciones.
Andrea Janeth Pérez Montaño
Psicología Forense T/M