La Inspección ocular en delitos contra personas es fundamental tanto para la obtencion de pruebas incriminatorias como para la investigación del caso; los pasos especificos para esta inspección son: Información previa, Reconocimiento previo y general del cadáver sin alterarlo, constancia del estado en que se encuentra el lugar y la victima, realizar un acotamiento previo de evidencias, No mover el cadaver hasta la presencia de la autoridad ministerial, examinar el cadaver en el lugar de los hechos, protocolo de cadaveres, levantamiento de plano o criquis, ubucación de indicios lafoscópicos y no lafoscópicos, toa de huellas de todas las personas que se encientren presentes, muetras indubitadas de adn