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BENEFICIOS SOCIALES DEL TRABAJADOR, UNIVERSIDAD DE LAS FUERZAS ARMADAS…
BENEFICIOS SOCIALES DEL TRABAJADOR
AFILIACIÒN A LA SEGURIDAD SOCIAL
El trabajador debe ser afiliado al Iess desde el primer dia de trabajo
PAGO POR HORAS EXTRAS Y SUPLEMENTARIAS
El trabajador tiene derecho a percibir el pago por horas extras y suplementarias, en el caso de que trabaje estas horas
CALCULO:
Dividiendo tu salario mensual entre 30 días del mes. Así obtienes el salario diario. Luego, el resultado lo divides entre la cantidad de horas diarias de trabajo que realizas.
PAGO DEL DECIMO TERCER SUELDO
El trabajador tiene derecho a percibir el pago del decimo tercer sueldo en las fechas establecidas
CALCULO:
REMUNERACION / 12
PAGO DECIMO CUARTO SUELDO
Es un beneficio y lo deben percibir todos los trabajadores bajo relación de dependencia, indistintamente de su cargo o remuneración.
CALCULO:
SUELDO BASICO/12
FONDOS DE RESERVA
Constituye el trabajo capitalizado que cada trabajador va acumulando a través de los años. Este beneficio, no lo pierde el trabajador por ningún motivo.
CALCULO:
Remuneracion percibidad * 8.33%
VACACIONES ANUALES
Son el tiempo libre remunerado que los empleados pueden utilizar como deseen y forman parte del contrato de trabajo. El volumen de las vacaciones anuales de un empleado puede incluir o no los días festivos y debe figurar en su contrato de trabajo.
CALCULO:
Remuneración percibida / 24
PAGO JUBILACIÒN PATRONAL
Es la pensión vitalicia que tienen derecho a recibir de su empleador, los trabajadores que por veinte y cinco años o más hubieren prestado sus servicios de manera continua o interrumpidamente.
CALCULO:
Suma equivalente al 5% del promedio de la remuneración anual percibida de los cinco últimos años.
LICENCIA POR PATERNIDAD
El padre tiene derecho a licencia con remuneración por diez días por el nacimiento de su hija o hijo cuando el nacimiento sea por parto normal
LICENCIA POR MATERNIDAD
Toda mujer trabajadora tiene derecho a una licencia con remuneración de doce (12) semanas por el nacimiento de su hija o hijo; en caso de nacimientos múltiples el plazo se extiende por diez días adicionales.
PAGO POR SUBSIDIO DE MATERNIDAD
Las afiliadas tienen derecho al subsidio por maternidad por un total de 12 semanas: 2 semanas antes del parto (reposo prenatal), y 10 semanas después del parto. Tener 12 aportaciones mensuales consecutivas, dentro de los 12 meses antes del reposo prenatal.
CALCULO:
Se paga el 75% de la última remuneración, a partir del primer día hasta un total de 84 días.
UNIVERSIDAD DE LAS FUERZAS ARMADAS " ESPE"
CONTABILIDAD Y AUDITORIA
NOMBRE
: LISSETH MONTALVO
NRC
: 10511
FECHA
: 21-01-2023