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UD 5 PARTICIPACIÓN DE LOS TRABAJADORES EN LA EMPRESA - Coggle Diagram
UD 5 PARTICIPACIÓN DE LOS TRABAJADORES EN LA EMPRESA
La representación de los trabajadores en la empresa.
La representación de los trabajadores como colectivo puede realizarse:
Unitaria, que se concreta en la figura de los delegados de personal y del comité de empresa.
Sindical, que ejercen los sindicatos.
Garantías de los representantes de los trabajadores
Se les conceden a los trabajadores por el ejercicio de su cargo estas garantías:
Prioridad de permanencia en la empresa.
No ser despedido ni sancionado durante su mandato.
Si son sancionados por faltas graves o muy graves, se deberá abrir un expediente contradictorio.
No ser discriminado en su promoción económica o profesional.
Libertad de expresión en las materias concerniertes a su representación.
Se concede a cada representante un número determinado de horas al mes retribuidas.
La representación colectiva unitaria.
Si la empresa tiene < 50 trabajadores,
6 a 10 = Pueden elegir tener un delegado personal 10 a 30 = Es obligatorio la presencia de un delegado personal. 31 a 49 = Habrá 3 delegados de personal.
Si la empresa tiene > 50 trabajadores,
50 a 100 = 5 miembros del comité de empresa. 101 a 250 = 9 miembros. 251 a 500 = 13 miembros. 501 750 = 17 miembros. 751 a 1000 = 21 miembros. de 1001 en adelante, 2 miembros por cada 1000 máx 75.
Comité de empresa
Si la empresa tiene < 50 trabajadores,
6 a 10 = Pueden elegir tener un delegado personal 10 a 30 = Es obligatorio la presencia de un delegado personal. 31 a 49 = Habrá 3 delegados de personal.
Competencias
Garantías
Hasta 100 trabajadores, 15 horas. De 101 a 250, 20 horas. De 251 a 500, 30 horas. De 501 a 750, 35 horas. De 751 en adelante, 40 horas.
Elecciones
Pueden ser elegidos + de 18 años y con antigüedad de 6 meses.
Pueden votar + 16 años y con una antigüedad en la empresa de mín. 1 mes.
Procedimiento
Cada elector podrá votar a tantos aspirantes como puestos a cubrir.
SE distribuyen los miembros del comité de empresa entre dos colegios: El colegio integrados de técnicos y los administrativos ; De trabajadores especialistas y no cualificados.
La negociación colectiva.
Definición:
Diálogo que se produce entre los representantes de los trabajadores y los empresarios con el objetivo de establecer las condiciones colectivas de trabajo en la empresa.
Convenios
Colectivo: El más importante de todos y establece las condiciones de trabajo.
Acuerdo marco: Fija la negociación y establece las reglas necesarias para resolver los conflictos entre convenios.
Empresa: Exclusivo de una empresa o de un centro de trabajo y se ocupa de aquellas condiciones de trabajo que el convenio no ha regulado.
El convenio colectivo.
Es
funcional
,
territorial
,
personal
y
temporal
, con capacidad de esos ámbitos.
Pueden negociarlo los sindicatos, asociaciones más representativas, convenios de ámbito de empresa o inferior.
El conflicto colectivo.
Individuales y Colectivos
La huelga es una medida de presión y de defensa de los intereses de los trabajadores.
El cierre patronal consiste en la suspensión del trabajo y el cierre del centro de trabajo por iniciativa del emrpesario.
La representación colectiva sindicaria
Los sindicatos son asociaciones de trabajadores por cuenta ajena, cuyo fin es conseguir el progreso económico y social de sus miembros.
La organización interna de los sindicatos
Se agrupan a los trabajadores por actividades profesionales o ramas de producción, denominado federación sindical.
Nivel de representatividad de los sindicatos
Se dividen por sindicatos: SINDICATOS MÁS REPRESENTATIVOS Y SINDICATOS CON REPRESENTATIVIDAD MENOR