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Legislación en la sociedad de la información - Coggle Diagram
Legislación en la sociedad de la información
Ley de Servicios de la Sociedad de la
Información y del Comercio Electrónico
Regula las obligaciones de los prestadores de servicios en la sociedad de la información.se aplica a quienes actúen como intermediarios para la prestación de tales servicios,se incluyen las compañías de telecomunicaciones también empresas y particulares que realicen actividades económicas a través de la Red
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Servicios afectados por la LSSI
Contenidos transmitidos a través de redes de telecomunicaciones.
Adquisición o contratación de bienes y servicios por vía telemática.
Comunicaciones comerciales por vía electrónica.
El suministro de información previa y posterior a una contratación electrónica
Comercio electrónico y servicios en la sociedad de la información
no se necesita autorización previa para prestar un servicio de la sociedad de la información
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.Esos cinco principios que esta ley debe proteger son:
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La salvaguarda del orden público, la investigación penal, la seguridad pública y la defensa nacional.
La protección de la salud pública o de las personas físicas o jurídicas que tengan la condición de consumidores o usuarios, incluso cuando actúen como inversores.
El respeto a la dignidad de la persona y al principio de no discriminación por circunstancias personales o sociales.
La protección de la juventud y de la infancia.
La salvaguarda de los derechos de propiedad intelectual.
También se deben garantizar y proteger,prevé la retirada de información de una página web cuando estos vulneren los derechos de otros.
El último responsable es la persona o empresa que subió esos contenidos
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Ley de la propiedad intelectual
Se considerará autor de la obra a quien la firme por medio de su nombre u otro signo que lo identifique.
Para que una obra sea protegida por la Ley de Propiedad Intelectual debe ser original.
Al autor, le corresponde decidir en qué modo podrá reproducirse, distribuirse, comunicarse públicamente y transformarse.
No se puede reproducir una obra sin permiso del autor.
La ley contempla la posibilidad de que solo para uso privado, no profesional ni colectivo y sin ánimo de lucro se pueda reproducir una obra.
Está permitida la inclusión de citas, reseñas e ilustraciones con fines educativos o de investigación científica.
Estas reseñas deberán ser pequeñas porciones no significativas de la obra
Se debe citar apropiadamente el nombre del autor y el título de la obra que se utiliza y que no debe haber ánimo de lucro en la obra.
Es posible utilizar artículos y trabajos de actualidad que hayan sido distribuidos públicamente por algún medio.
Estos duran toda la vida del autor y hasta setenta años después de su muerte.
Ley Orgánica de Protección de Datos
de Carácter Personal
Deben disponer las medidas necesarias que eviten el acceso no autorizado a esa información.
Las personas o empresas que almacenen datos personales en ficheros tienen el deber de custodia y secreto de la información que recaban.
Se debe informar quién es responsable del fichero en que se almacenarán los datos y los derechos que tiene el usuario.
Son datos protegidos los que hacen referencia a la ideología política, afiliación sindical, religión o creencias, origen racial o étnico, salud y vida sexual.
Se debe marcar de forma clara qué campos son obligatorios y cuáles opcionales a la hora de rellenar el formulario.
Establece los límites dentro de los que se puede solicitar información personal, el modo de tratarla y los derechos que asisten a las personas sobre acceso, corrección y cancelación de la información que se ha recabado
Protege el tratamiento de los datos personales de las personas físicas.