NORMAS DE CONTABILIDAD PARA LA INDUSTRIA PETROLERA

Con el proceso de la capitalización de la industria petrolera del país, fue necesario establecer normas que contribuirían al desarrollo de la contabilidad de este sector con el fin de proveer información financiera.

se consideraron las siguientes definiciones:

a) Prospeccion o Busqueda

Etapa de búsqueda de un área de probable explotación, que incluye estudios topográficos, geológicos y geofísicos de áreas extensas.

b) Adquisición

es la gestión de consolidación de derechos legales para la explotación o producción de petróleo o gas en un área especifica.

c) Exploración

Que incluye todos los costos relativos a la busqueda de petroleo y gas, entre ellos tambien costos de perforacion de pozos exploratorios y de pozos estratigraficos exploratorios; incluyen tambien la depreciacion y otros costos de equipos e instalaciones

d) Desarrollo

Son todos los costos incurridos al crearse un sistema de pozos productivos; equipos relacionados e instalaciones en reservas probadas, para extraerse el petróleo o gas.

e) Producción

incluyen costo de extracción de petróleo o gas hasta la superficie, también incluye costos de recolección tratamiento, procesamiento y almacenamiento en el campo.

Entre los costos tambien incluye mano de obra, combustibles y suministros necesarios para operar en los pozos desarrollados.

g) Valor del Costo de los Inventarios

Que llegaría a ser su costo de producción

g) Valor de Mercado de los Inventarios

Es un valor neto realizable

h) Amortización y Depreciación
de los Costos Capitalizados

Los costos capitalizados, tanto en etapas de exploración, desarrollo y producción relacionados con uno o mas sistemas de pozos productivos.

i) Abandono

Un pozo o sistema de pozos se consideran abandonados cuando:

No se ha descubierto un pozo explotable desde el punto de vista comercial.

No se llevara a cabo ninguna actividad significativa de exploración en el pozo en el futuro próximo.

Se pierde el derecho de exploración o se pierde el titulo legal.

j) Unidad Contable

Es el tratamiento que la empresa da a la contabilización de sus costos de adquisición exploración y desarrollo.

Puede ser individual por cada pozo o combinado por sistema de pozos

Decide adoptar las siguientes
Normas de Contabilidad:

  1. Unidad Contable

La empresa debe usar tratamiento contable uniforme para capitalizar costos de un pozo.

  1. Costo de Búsqueda

Los costos de búsqueda deberán cargarse a ganancias y perdidas en la medida en que se incurran.

  1. Costos de Adquisición

Los costos de adquisición deberán ser capitalizados y mantenidos sin amortizar hasta que se decida sobre ellos.

  1. Costos de Exploración y Desarrollo

4.1 Capitalización de Costos de Exploración y Desarrollo

Incluidos para desarrollar nuevos yacimientos, expandir la capacidad de los pozos en operación, deberán ser capitalizados y mantenidos sin amortizar y depreciar

Deberán ser cargados al costo de producción, en la medida en que se incurran

4.2 Venta de Petroleo y Gas antes de la Produccion Comercial

El resultado neto de la venta antes que comience la producción comercial, deberá ser tratado como una reducción de los costos capitalizados de adquisición exploración y desarrollo

  1. Tratamiento Posterior de los Costos Capitalizados de Adquisición Exploración y Desarrollo

5.1 Abandono

Cuando una unidad contable es abandonada, todos los gastos capitalizados deberán ser castigados en la gestión en la cual ocurre el abandono

5.2 Producción Comercial

Los costos capitalizados asociados con un pozo o sistema de pozos, deberán ser amortizados y depreciados utilizando el método de la unidad de producción

5.3 Limitación de los Costos Capitalizados

Los Costos Capitalizados asociados con un pozo o sistema de pozos, deberán ser revisados periódicamente para asegurar que tales costos no excedan el valor presente estimado en relación a la reserva remanente.

  1. Valuación de Inventarios de Petróleo y Gas

Los inventarios de petróleo y gas deberán ser valuados después de complementar el proceso de extracción

7.Reconocimiento y Contabilización de las Ventas

7.1 Reconocimiento de las Ventas

7.2 Contabilización de Ventas

7.3 Ajuste de Precios y Condiciones de Venta a la fecha de Emisión

7.4 Variaciones de los Estimados

Las ventas deben reconocerse cuando dichos productos han sido consignados o puestos a disposición del comprador

El registro contable de la venta se efectuara tomando como base el precio estimado de venta según las condiciones del contrato de venta a la fecha del despacho

Las ventas, cuya liquidación final no se produjo hasta el cierre de la gestión, deberá valorarse a los precios y condiciones estimadas al cierre de la gestión.

a) Las ventas y los costos estimados para años anteriores deberán ser tratadas como ajustes de ventas y costos

b) Las ventas y costos reales efectuados en el año en curso para dichas transacciones deberán ser tratados como ajuste de las ventas y costos de comercialización del año en curso

  1. Exposición

a) Balance General

b) Estado de Ganancias y Perdidas

-Inventarios de productos valorados o su costo actualizado
-Inventarios de productos valorados o valor neto de realización
-Costos capitalizados de adquisición, exploración y desarrollo de pozos en que no se encuentran en etapa de producción comercial

- Ventas de petróleo y gas
- Costo de comercialización
- Costo de los productos vendidos
- Depreciación y amortización
- Gastos de administración
- Gastos financieros
- Costos de búsqueda y prospección
- Costos de adquisición, exploración, desarrollo castigados
- Impuestos

  1. Actualización

Los estados financieros de Ind. Petroleras deberán prepararse en moneda constante siguiendo los lineamientos de la Norma No. 3