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DERECHO AGRARIO - Coggle Diagram
DERECHO AGRARIO
Los ejidos son tierras adquiridas bajo un título del uso común a un ejidatario el cual debe estar comprometido a un listado de derechos reglamentados para permitirle la explotación colectiva de ellas, consta de la mayoría de edad y ser avecindado del Ejido o cumplir con los requisitos del reglamento, la designación debe estar en el Registro Agrario Nacional para la sucesión de parcela y puede ser cualquiera dentro de una lista de herederos, la calidad de ejidatario dependerá de la fe que se maneje dentro del terreno, si hay algún caso de violación pasará a ser parte del tribunal agrario.
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COMUNIDADES
Conjunto de aquellas personas incluidas en el censo que sirvió para el reparto o restitución individual de tierras así como los excluidos o restantes, ellos determinarán el uso, división, finalidad y organización de tierras administran las parcelas para el aprovechamiento de ellas, pueden establecer órganos de menor jerarquía que se dispongan a nuevas prescripciones de la Ley Agraria.
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SOCIEDADES RURALES
Su objetivo será la coordinación de actividades productivas, asistencia mutua, comercialización u otras no prohibidas por la Ley, se requiere de un organismo con personalidad jurídica y puede usar el aprovechamiento de recursos naturales o de cualquier índole
PEQUEÑA PROPIEDAD INDIVIDUAL DE TIERRAS AGRÍCOLAS, GANADERAS Y FORESTALES
Para decretar el uso de la parcela con fines comerciales se deben de cumplir los límites de aplicación para cada operación dependiendo de la superficie, de las cuales si no cumple lo establecido serán fraccionadas.
PROCURADURIA AGRARIA
Organismo descentralizado la cual funge en servicio social y encargada de los derechos agrarios, se encuentra en la Ciudad de México y entabla a todas las entidades federativas y atribuyentes
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JUSTICIA AGRARIA
Integrado por juicios agrarios, tiene como objeto el sustanciar, dirimir y resolver controversias que susciten con motivo de la Ley Agraria conociendo las vías de jurisdicción que requieran algún tipo de intervención supliendo las deficiencias de los núcleos de población.
Parte del ordenamiento jurídico que regula las relaciones que surgen entre los sujetos que intervienen en la actividad agraria, constituyendo a su vez el orden jurídico que regula los problemas de propiedad.