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Convención de Viena y Ecuador - Coggle Diagram
Convención de Viena y Ecuador
Fue suscrita en Viena (Austria) el 23 de mayo de 1969; consta de 85 artículos;entró en vigencia el 27 de enero de 1980.
Elaboración
Fue elaborada por una conferencia internacional reunida en la capital austriaca, sobre la base de un proyecto preparado, durante más de quince años de trabajo, por la Comisión de Derecho Internacional de la
Organización de las Naciones Unidas.
Objetivo
Codificar las normas consuetudinarias de Los tratados y, además, desarrollarlas progresivamente y asegurar un sistema moderno, estandarizado justo de contratos de compraventa internacional
Instrumento Internacional
Contiene las reglas fundamentales para celebrar tratados, denunciarlos, establecer reservas
ECUADOR
Ecuador firmo el 20 de febrero de 1928, ratificó La Convención el 11 de febrero de 2005 y entró en vigencia para el país el 11 de marzo del 2005,pero aún no forma parte de este instrumento internacional
Obligaciones y derechos del Ecuador según la Carta de la
ONU y la Convención.
Carta
Arreglar “las controversias internacionales por medios pacíficos”
Respetar “las obligaciones emanadas de los tratados...”
Practicar “la tolerancia y a convivir en paz...”
Cumplir “de buena fe las obligaciones contraídas...”.
Convención
Reconocer “la importancia de los tratados como fuente del
derecho internacional”
Reconocer y aplicar los principios universalmente reconocidos
Procurar el mantenimiento de “la justicia y el respeto a las
obligaciones emanadas de los tratados”.
Características
La compraventa debe tener una relación con uno o más países que se hayan adherido a la CISG
Unir en la misma norma jurídica los sistemas del common law y del civil law reuniendo los principales fudamentos
Domina su naturaleza flexible y práctica, por lo que puede sufrir modificaciones en curso
Disposiciones Importantes
Alcance
Las disposiciones se aplican a
los tratados entre Estados.
Irretroactividad
Rige los tratados suscritos
después de la vigencia de la misma.
Capacidad y consentimiento.-
El compromiso se expresa a
través de la firma del Primer Mandatario de la Nación
Ratificación
Se dará después de la firma
Adhesión
Factible cuando se la contempla en el
instrumento
Reservas
Se realizan en el momento de la firma,
ratificación, aceptación o adhesión a un tratado
Interpretación
Debe ser de buena fe,
y de conformidad con los términos del tratado.
Enmienda y modificación
Se realizará en un acuerdo común
entre las partes
Nulidad de un tratado
Se da por vicios en el consentimiento o por una oposición con la norma
Depositario(s)
Su designación se observa en los tratados
multilaterales
Registro y publicación de los tratados
Los tratados deben
ser registrados ante la Secretaria General de la ONU
Normas y principios
Nulidad
Es nulo todo tratado cuya celebración se haya
obtenido por la amenaza o el uso de la fuerza
“Res inter alios acta”
Los acuerdos internacionales obligan solo
a las partes contratantes
“Pacta sunt Servanda”
Los tratados deben ser cumplidos
“Jus cogens”
Aquí se encuentran: la coexistencia pacífica,el uso legítimo de la fuerza, los acuerdos destinados a proteger los derechos humanos,etc
“Rebus sic stantibus”
Significa: estando así las cosas
Buena fe
Poner límites a la discrecionalidad de los Estados
en el ejercicio de sus competencias soberanas
Irretroactividad
Esto se aplicará en los tratados que sean elaborados por el Estado después de la entrada en vigor de la Convención