En Ecuador, en ejercicio de sus potestades soberanas, en julio del 2003, se adhirió, sin reserva, a la Convención de Viena, instrumento internacional que contiene las reglas fundamentales para celebrar tratados, denunciarlos, establecer reservas, etc.
La Convención tiene dos disposiciones relevantes; (i) el Art. 26 contiene el principio pacta sunt servanda: “Todo tratado en vigor obliga a las partes y debe ser cumplido por ellas de buena fe”
La Constitución del 2008.- Apartándose de la tesis de la prevalencia del Derecho Internacional, y en clara contradicción con las normas de la Convención de Viena.
Vinculan al Ecuador, la Constitución vigente, en el Art. 417 señala que “Los tratados internacionales ratificados por el Ecuador se sujetarán a lo establecido en la Constitución…”