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NORMAS CONTABLES (De la NC1 a la NC9), NORMAS_CONTABLES_8-1,…
NORMAS CONTABLES
(De la NC1 a la NC9)
NC 3
EEFF, a moneda constante ajuste por inflación
Definiciones principales
A) Ajuste integral
D) Valores corrientes
E) Rubros monetarios
F) Rubros no monetarios
G) Fecha de origen
B) moneda constante
C) Indice
H) Fecha de cierre
Actualización por índices
1.- Se los hace a los rubros no monetarios, para ser representados en moneda constante.
2.- También podrán utilizarse otros índices, a los efectos de actualización como la cotización oficial del dólar.
Vigencia de los principios de contabilidad generalmente aceptados
Cuando se aplica íntegramente el ajuste por índices, no modifica los principios de contabilidad generalmente aceptados en relación a moneda de cuenta, ni tampoco la "valuación al costo".
Exposición
Una explicación clara sobre la presentación de las cifras ajustadas por inflación.
Actualización por valores corrientes
En caso de los activos fijos surgen de los revalúos técnicos, que constituyen el principio de contabilidad
NC 2
Hechos posteriores al cierre del ejecicio
Se decide
1.- Después de los estados financieros se requieren ajustes.
2.- No requieren ajustes pero si una adecuada exposición.
NC 7
Valuación de las inversiones permanentes
Derecho de llave
Es el monto de la diferencia entre el importe pagado y valor patrimonial.
Tenencia
Es la participación accionaria en una empresa emisora.
Inversiones transitorias
Son colocaciones temporales con finalidades específicas.
Empresa tenedora
Es la empresa que posee una porción del capital.
Acciones ordinarias
Son aquellas acciones que tiene un derecho a voto en juntas generales.
Empresas o sociedad emisora
Es aquella sociedad que emite acciones.
Acciones preferidas
Son las que establecen beneficios preferenciales.
Sociedad Controladora
Es una sociedad controlada por sus acciones.
NC 8
consolidación de EEFF
4.-
Estados financieros consolidados
Es el resultado de la aplicación de consolidación que expone la situación patrimonial.
5.-
Participación minoritaria
Es el derecho de los accionistas sobre el patrimonio
3.-
Ente consolidado
Es el grupo constituido por el consolidante y consolidado.
6.-
Tenencia directa
Es cuando la sociedad consolidante posee acciones de la sociedad consolidada.
2.-
Sociedad consolidada o controlada
Es aquella que incorpora a los conceptos analógos en la sociedad.
7.-
Tenencia indirecta
Es cuando la misma se da a través de una sociedad o persona.
1.-
Sociedad consolidante o controlada
Es aquella que elimina de los EEFF las cuentas que representan su inversión y lo sustituye por activos, pasivos y resultados de las últimas.
Exposición
Los EEFF serán expuestos siguiendo los criterios y normas establecidas, se deberán indicar su condición de tales y las sociedades que integran el ente consolidado.
NC 1
Principios de contabilidad generalmente aceptados
Principio fundamental
Equidad
Principios generales
C) Moneda de cuenta: es boliviana.
D) Empresa en marcha: para las entes en funcionamiento.
B) Bienes económicos: actos valorado en moneda.
E) Valuación al costo: son los bienes tangibles y intangibles al costo del mercado.
A) Ente: empresa.
F) Ejercicio: por un tiempo desde el inicio hasta el final.
H) Objetividad: se expresa en moneda de cuenta.
L) Materialidad: aplicar un criterio correcto.
K) Uniformidad: que es constante, uniforme.
G) Devengado: es el el registro de un asiento en el momento justo de la compra.
M) Exposición: interpretación clara de los estados financieros.
I) Realización: sea de un ingreso o un gasto.
J) Prudencia: de conocer el valor y darle un valor a los bienes.
NC 4
Revalorización técnica de Activos fijos
5.- El incremento de valor recibirá el siguiente tratamiento contable:
B) El exceso del monto del revalúo deberá acreditarse a cuenta patrimonial "Reserva por revalúos técnicos".
C) En caso que sea inferior, la diferencia será debita da en las cuentas "Resultados por exposición a la inflación"
A) El amor resultante será abonada a la cuenta "Resultados por exposición a la inflación"
8.- En el período de vida útil restante deberá depreciarse al nuevo valor y cargarse los resultados de cada gestión siguiendo las prácticas habituales del ente.
6.- El monto revaluado después de los indicado anteriormente, podrá ser capitalizado o utilizada para absorber pérdidas acumuladas.
1.- La revalorizaciones debe ser realizada por un profesional debidamente matriculado.
7.- La responsabilidad de los resultantes de los revalúos cae en el profecional, dicho informe debe contener:
A) Bases técnicas utilizadas.
B) Documentación examinada.
C) Cuadro mostrando los los valores anterior a la actualización.
2.- Debe ser aprobado por el directivo del ente.
3.- Debe ser aprobado por la junta de accionistas o asamblea de socios.
4.- Puede efectuarse la Revalorización una ves que sea aprovado por el directorio.
NC 6
Tratamiento contable diferencias de cambio
Las diferencias de cambio deben imputarse a los estados de ejercicio en el que se originan en las cuentas "Resultados por exposición a la inflación"