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DESECHOS Y RESIDUOS NO PELIGROSOS - Coggle Diagram
DESECHOS Y RESIDUOS NO PELIGROSOS
Fases de manejo de la gestión integral.
4.recolección
5.transporte
Art. 66 De la recolección
Es responsabilidad de los gobiernos autónomos descentralizados
Art. 67 Del transporte
Los equipos de transporte y recolección deben ser apropiados al
medio y para la actividad.
Art. 68 De los Gobiernos Autónomos
Descentralizados.
Son responsables de la recolección de residuos en el área de su jurisdicción
3.almacenamiento temporal
Los residuos sólidos no peligrosos
deberán ser realizados bajo las condiciones
establecidas en la norma técnica del INEN
se deberán disponer
temporalmente en recipientes o contenedores cerrados identificados, clasificados, en orden y de ser
posible con una funda plástica en su interior
deberán estar cubiertos y adecuadamente ubicados con una capacidad de acuerdo al volumen.
6.acopio y/o
transferencia
Art. 70 De los centros de acopio
Área delimitada, señalizada, con techo y suelo
impermeabilizado
Contarán con iluminación adecuada
No deberán tener conexiones directas al sistema de
alcantarillado
La ubicación del sitio no debe causar molestias ni
impactos a la comunidad.
Art. 71 De la transferencia
Las estaciones de transferencia para residuos sólidos no peligrosos
deben contar con una bitácora donde se registre diariamente la cantidad de residuos ingresados y egresados por tipo o clase.
deberán garantizar condiciones sanitarias,
ambientales
deben contar con la infraestructura básica necesaria que establezca la autoridad ambiental
deben cumplir con las
disposiciones de la normativa ambiental vigente.
Art. 69 Del acopio y/o transferencia
Los Gobiernos
Autónomos Descentralizados
procederán a la instalación
de centros de acopio y/o transferencia en función de la
racionalización de recursos económicos
Art. 72 De las prohibiciones
Está prohibido disponer
residuos sólidos no peligrosos en sitios que no sean
destinados técnicamente para tal y que no sean aprobados por la Autoridad Ambiental competente.
2.separación en la
fuente
Según el Art.62
El generador de residuos solidos no peligrosos esta en la obligación de realizar la separación en la fuente,
clasificando los mismos en función del Plan Integral de Gestión de Residuos,conforme lo establecido en la normativa ambiental
aplicable.
7.aprovechamiento o tratamiento
Art. 74 Del tratamiento
Los generadores, empresas privadas y/o municipalidades son responsables de dar un adecuado
tratamiento a los residuos sólidos no peligroso
Art. 73 Del aprovechamiento
El aprovechamiento tiene como propósito la reducción de la
cantidad de residuos sólidos a disponer finalmente
1.minimización en la generación
Todo generador de residuos y/o
desechos sólidos no peligrosos debe
Almacenar temporalmente los residuos en condiciones
técnicas establecidas
Los Gobiernos Autónomos Descentralizados
deberán realizar una declaración anual de la generación y manejo de residuos y/o desechos no
peligrosos ante la Autoridad Ambiental Nacional
Realizar separación y clasificación en la fuente
conforme lo establecido en las normas específicas.
Los grandes generadores
deberán llevar un registro mensual del
tipo y cantidad o peso de los residuos generados.
deberán dispones de instalaciones adecuadas para el almacenamiento temporal de residuos no peligrosos.
deberán entregar los residuos solidos no peligrosos a gestores ambientales autorizados.
Tomar medidas con el fi n de reducir, minimizar y/o
eliminar su generación en la fuente
Tener la responsabilidad de su manejo hasta el momento
en que son entregados al servicio de recolección
8.Disposicion final
Art. 77 Contenido del plan para la gestión integral
de los residuos sólidos no peligrosos
Se deben tomar en cuenta los siguiente aspectos
Identificación de alternativas de manejo en el marco
de la gestión integral
Identificación y análisis de factibilidad de las mejores
alternativas
Diagnóstico y presentación de resultados de manejo de
residuos sólidos no peligrosos.
Descripción de los programas con los cuales se
desarrollará el gestión integral
Determinación de objetivos, metas, cronograma de
actividades.
Plan de seguimiento y monitoreo
Art 49. Políticas Generales
Son de obligatorio cumplimiento tanto para las instituciones
del Estado
Son:
c) Minimización de generación de residuos y/o desechos
d) Minimización de riesgos sanitarios y ambientales
b) Responsabilidad extendida del productor y/o
importador
e) Fortalecimiento de la educación ambiental
a) Manejo integral de residuos y/o desechos
f) Fomento al desarrollo del aprovechamiento
y valorización de los residuos y/o desechos
g) Fomento a la investigación y uso de tecnologías que
minimicen los impactos al ambiente y la salud
i) Fomento al establecimiento de estándares mínimos
para el manejo de residuos y/o desechos
h)Aplicación del principio de prevención, precautorio,
responsabilidad compartida
j) Sistematización y difusión del conocimiento e
información
k) Aquellas que determine la Autoridad Ambiental
Nacional a través de la norma técnica correspondiente.