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NORMAS DE CONTABILIDAD EMITIDAS - Coggle Diagram
NORMAS DE CONTABILIDAD EMITIDAS
NC 1- Principios de contabilidad generalmente aceptadas
1.- principios fundamental o postulado básico. Tener equidad entre el contador y el comerciante.
2.- Principios Generales.
d) Empresa en marcha
e) Valuación al 'costo'
c) Moneda de cuenta
f) Ejercicio
b) Bienes economicos
g) Devengado
h) Objetividad
i) Realización
a) Ente
j) Prudencia
k) Uniformidad
l) Materialidad
m) Exposición
NC2- Hechos posteriores al cierre del ejercicio
1.- si resultan sucesos que proporcionan evidencia adicional de condiciones que existían a la fecha de los estados financieros, son calificados como tipo l y requieren ajustes a los estados financieros.
2.- si resultan sucesos que proporcionan evidencia con respecto a condiciones que no existían a la fecha de cierre de los estados financieros, son calificados como tipo ll y no requieren ajustes pero si adecuada exposición en las notas de los estados financieros.
NC3- EEFF, a moneda constante ajuste por inflacion.
Definiciones principales
d) Valores corrientes: son los precios de reposición a la fecha de valuación.
e) Rubros monetarios: si bien son los afectados para la inflacion, no es necesario re expresarlos ya que están valuados siempre a moneda de cierre.
c) Índice: es la variación en el poder adquisitivo de la moneda entre dos fechas.
f) Rubros no monetarios: deben ser re expresados en moneda constante para reflejar dicho valor.
b) Moneda constante: es la que expresa determinado poder a una fecha dada.
g) Fecha de origen: a la ultima fecha hasta la cual se hubiese ajustado monetariamente una partida contable.
a) Ajuste integral: es el ajuste de todas las partidas de los estados financieros que estuvieran afectados por la inflacion.
h) Fecha de cierre: a la fecha de terminación del periodo a que correspondan los estados financieros.
Exposición: los estados financieros sujetos a dictámenes de auditores externos presentaran cifras ajustadas por inflacion.
Actualización por índices
1.-para ser re expresados en moneda constante, se deben actualizar mediante la aplicación de un coeficiente corrector resultante de dividir el índice de precios al consumidor.
2.- cuando las circunstancia lo requieran podrá actualizarse otros índices.
actualización por valores corrientes.
los rubros no monetarios pueden expresarse empleando valores corrientes.
Valores corrientes actualizados.
los rubros no monetarios pueden expresarse a un valor corriente, establecido a una fecha determinada actualizado entre esa fecha y la fecha de cierre.
Contrapartidas del ajuste
de todos los rubros no monetarios de acuerdo al mecanismo aplicado, se deben llevar a una linea denominada. Resultados por exposición a la inflacion.
NC4- Revalorización técnica de activos fijos
1.- la revalorización técnica debe ser realizado por un profesional experto en la materia.
2.- debe ser aprobado por el directorio u órgano ejecutivo responsable.
3.- debe ser aprobado por una junta de accionistas o asamblea de socios ente.
4.- la junta de accionistas o asamblea de socios deberá aprobar la revalorización técnica al tratar los estados financieros anuales.
5.- el incremento de valor recibirá el siguiente tratamiento contable
6.- el monto de la cuenta, reserva por revaluaos técnicos, después de haberse obtenido las aprobaciones, podrá ser capitalizada o utilizada para absorber perdidas acumuladas.
7.- los valores resultantes del avaluó técnico recaen en el profesional especializado y habilitado.
b) Documentación examinada.
a) Bases técnicas utilizadas.
c) cuadros mostrando los valores anteriores a la revalorización.
8.- en el periodo de vida útil restante deberá depreciarse el nuevo valor residual revalorizado de los bienes.
NC6- Tratamiento contable diferencia de cambio
la diferencia de cambio emergentes en las partidas cambiarias deben imputarse a los resultados del ejercicio en que se originan, en las cuentas 'Resultados por exposición a la inflacion' o 'Ajuste por inflacion y tenencia de bienes'.
NC7- Valuación de las inversiones permanentes
Acciones preferidas: son las que establecen beneficios preferenciales, no votaran en las juntas ordinarias, sino exclusivamente en las extraordinarias.
Acciones ordinarias: son aquellas acciones que tienen derecho a un voto por acción en las juntas generales de accionistas.
Inversiones transitorias: son colocaciones temporarias con finalidades especificas.
Derecho de llaves: es el monto determinado por la diferencia del importe pagado y el valor patrimonial proporcional de la inversión.
Tenencia: es la participación accionaria en un empresa emisora.
Empresa tenedora: es aquella q posee una porción tal de capital o influencia significativa en la sociedad vinculada.
Empresas o sociedad emisora: es aquella sociedad que emite acciones que pueden estar en poder de una empresa tenedora.
Sociedad controlada: una sociedad es controlada cuando sus acciones están en poder de una empresa tenedora.
NC8- Consolidación de EEFF
Definición de conceptos básicos
1.- sociedad consolidante o controlada: es aquella que elimina en sus estados financieros las cuentas las cuentas que representan su inversión en las sociedades consolidadas.
2.- sociedad consolidada o controlada: es aquella cuyos activos, pasivos y resultados de las operaciones, netos de las eliminaciones.
3.- Ente consolidado: es el grupo económico constituido por la sociedad consolidante y las consolidadas.
4.- Estados financieros consolidados: son loa resultados de la aplicación del método de consolidación y tienen por objeto exponer la situación patrimonial.
5.-participacion monetaria: es el derecho de los accionistas minoritarios sobre el patrimonio neto de la sociedad consolidada
6.- Tenencia directa: cuando la sociedad consolidante posee acciones de la sociedad consolidada.
7.- Tenencia indirecta: cuando la misma se da a través de una sociedad o persona.
la consolidación de los estados financieros de sociedad que forman parte de un grupo económico procede, siempre que exista control permanente por parte de una de las sociedades.
Exposición: los estados financieros consolidados deberán ser expuestos siguiendo los criterios y normas establecidas.