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Normas Internacionales del Sector Público NICSP - Coggle Diagram
Normas Internacionales del Sector Público NICSP
OBJETIVO
El objetivo de la presente Norma es establecer las bases para la presentación de los estados financieros con propósito de información general, para poder asegurar su comparabilidad, tanto con los estados financieros de ejercicios anteriores de la propia entidad, como con los de otras entidades.
ALCANCE
La presente Norma es de aplicación a efectos de presentación de todos los estados financieros, con propósito de información general, que se preparen y presenten sobre la base contable de acumulación conforme a las Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Público
La presente Norma se aplica a todas las entidades del sector público,
excepto a las Empresas Públicas.
Las Empresas Públicas (EPs) deberán aplicar las Normas Internacionales de Contabilidad (NICs) emitidas por el Comité de Normas Internacionales de Contabilidad (IASC).
DEFINICIONES O CONCEPTOS
Actividades de Operación
Activos
Activo Calificado
Activo financiero
Activos netos/patrimonio neto
Aportes de Capital Base contable de acumulación
Control Costos por intereses
Diferencia de Cambio
Distribuciones a los Propietarios o Aportantes
Efectivo
Empresa Pública
Entidad Controlada
Entidad Controladora
Equivalentes de efectivo
Errores Fundamentales
Estados financieros consolidados
Fecha de los estados financieros
Flujos de efectivo
Gastos
Ingreso ordinario/recurso
Intereses Minoritarios
Materialidad (Importancia Relativa)
Moneda de los Estados Financieros
Moneda Extranjera
Negocio Conjunto
Partidas (o rubros) Extraordinarias
Pasivos
Políticas contables
Valor Razonable
Resultado neto (ahorro o desahorro) de las Actividades Ordinarias
Entidad Económica
Beneficios Económicos Futuros o Potencial de Servicio
Empresas Públicas
Activos netos/patrimonio neto
FINALIDAD DE LOS ESTADOS FINANCIEROS
Los estados financieros constituyen una representación estructurada de la situación financiera y de las transacciones llevadas a cabo por una entidad.
Para cumplir estos objetivos, los estados financieros suministran información
acerca de los siguientes elementos de la entidad:
Activos
pasivos
activos netos/patrimonio neto
ingresos ordinarios/recursos
gasto
flujos de efectivo
RESPONSABILIDAD POR LA EMISIÓN DE LOS ESTADOS FINANCIEROS
La responsabilidad en la preparación y presentación de los estados financieros
varía dentro de cada jurisdicción y entre jurisdicciones distintas.
COMPONENTES DE LOS ESTADOS FINANCIEROS
Estado de situación financiera o balance general
Estado de rendimiento financiero
Cambios en los Activos netos/patrimonio neto
Estado de Flujos de Efectivo
políticas contables utilizadas y demás notas explicativas.
CONSIDERACIONES GENERALES
PRESENTACIÓN RAZONABLE Y CUMPLIMIENTO DE LAS NORMAS INTERNACIONALES DE CONTABILIDAD DEL SECTOR PÚBLICO
Los estados financieros deben presentar fielmente la situación financiera y resultados de la entidad. La aplicación correcta de las de las Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Público
POLÍTICAS CONTABLES
Es la administración de la entidad la que debe seleccionar y aplicar las políticas contables, de forma que los estados financieros cumplan con todos los requisitos establecidos en cada una de las Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Público
NEGOCIO EN MARCHA
Al preparar los estados financieros la administración de la entidad debe realizar una evaluación sobre la posibilidad de que la entidad continúe en funcionamiento.
UNIFORMIDAD EN LA PRESENTACIÓN
La presentación y clasificación de las partidas o rubros en los estados financieros deben ser conservadas de un periodo a otro a menos que:
se produzca un cambio en la naturaleza de las operaciones de la
entidad, que demuestre que el cambio va a dar lugar a una
presentación más apropiada de los sucesos o transacciones
sea obligado realizar el cambio, por la aparición de una Norma
Internacional de Contabilidad del Sector Público.
IMPORTANCIA RELATIVA Y AGRUPACIÓN DE DATOS
Los conceptos importantes en virtud de su naturaleza, deberán presentarse por separado en los estados financieros. Los conceptos materiales en virtud de su magnitud, pero que sean de la misma naturaleza, podrán agruparse.
COMPENSACIÓN
No se deben compensar activos con pasivos, salvo cuando la compensación sea exigida o esté permitida por alguna Norma Internacional de Contabilidad del Sector Público.
INFORMACIÓN COMPARATIVA
A menos que una Norma Internacional de Contabilidad del Sector Público permita o exija otra cosa, la información comparativa, respecto del período anterior, debe presentarse para toda clase de información cuantitativa incluida en los estados financieros.
ESTRUCTURA Y CONTENIDO
INTRODUCCIÓN
Esta Norma exige que determinadas partidas (o rubros) se presenten en el cuerpo principal de los estados financieros, mientras que otras pueden incluirse en los estados principales o en las notas
IDENTIFICACIÓN DE LOS ESTADOS FINANCIEROS
Los estados financieros deben ser objeto de una identificación clara, y en su caso perfectamente diferenciados de cualquier otra información publicada en el mismo documento emitido por la entidad
PERIODO SOBRE EL CUAL SE INFORMA
Los estados financieros deben ser objeto de presentación con una periodicidad que, como mínimo, ha de ser anual. Cuando, por circunstancias excepcionales, cambie la fecha de los estados financieros de una entidad y presente estados financieros para un periodo mayor o menor de un año
OPORTUNIDAD
La utilidad de los estados financieros se ve perjudicada si éstos no se ponen a disposición de los usuarios dentro de un periodo razonable de tiempo, tras la fecha de presentación del periodo sobre el que se informa.
ESTADO DE SITUACIÓN FINANCIERA O BALANCE GENERAL
Cada entidad deberá determinar, considerando la naturaleza de sus actividades, si presenta o no sus activos corrientes y sus pasivos corrientes como categorías separadas dentro del estado de situación financiera o balance general
ACTIVOS CORRIENTES
su saldo se espera realizar, o se tiene para su venta o consumo, en el transcurso del ciclo normal de la operación de la entidad
se mantiene fundamentalmente por motivos comerciales, o para un plazo corto de tiempo, y se espera realizar dentro del periodo de doce meses tras la fecha de emisión de los estados financieros
se trata de efectivo u otro medio líquido equivalente.
PASIVOS CORRIENTES
se espera liquidar en el curso normal de las operaciones de la entidad, o bien
debe liquidarse dentro del periodo de doce meses a partir de la fecha de emisión de los estados financieros.
INFORMACIÓN A REVELAR DENTRO DEL CUERPO DEL ESTADO DE SITUACIÓN FINANCIERA O BALANCE GENERAL O EN LAS NOTAS
inmuebles, maquinaria y equipo - activos intangibles
activos financieros cuentas por cobrar provenientes de transacciones con contraprestación
impuestos y cuentas por pagar
cuentas por pagar provenientes de transacciones con contraprestación
provisiones
pasivos no corrientes
participación minoritaria
activos netos/patrimonio neto.
La entidad debe proceder a revelar, ya sea en el cuerpo principal del estado de situación financiera o balance general o en las notas que se refieren al mismo
ESTADO DE RENDIMIENTO FINANCIERO
Es un estado financiero que presenta información acerca de las operaciones de la Entidad en un período determinado, tomando como parámetros los ingresos y gastos efectuados
ingresos ordinarios/recursos provenientes de las actividades operativas
resultado neto) de las operaciones
gastos financieros - participación en las pérdidas y ganancias de las entidades asociadas y negocios conjuntos que se lleven contablemente por el método de la participación
resultado neto proveniente de las actividades ordinarias
partidas extraordinarias - porción de la participación de los intereses minoritarios en el resultado neto
resultado neto periodo
CAMBIOS EN LOS ACTIVOS NETOS/PATRIMONIO NETO
El resultado neto del ejercicio
cada una de las partidas de ingresos ordinarios/recursos y gastos que, según lo requerido por otras Normas, se carguen o abonen directamente a los activos netos/patrimonio neto, así como el total de esas partidas
el efecto acumulado de los cambios en las políticas contables y en la corrección de errores fundamentales, según lo requiere el tratamiento de referencia de la NICSP 3.
ESTADO DE FLUJOS DE EFECTIVO
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS
ESTRUCTURA
presentar información acerca de las bases para la elaboración de los estados financieros, así como las políticas contables específicas seleccionadas y aplicadas para las transacciones y sucesos significativos
incluir la información que, siendo exigida por las Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Público, no ha sido incluida en los demás componentes de los estados financieros
suministrar información adicional que no se presenta en el cuerpo principal de los estados financieros, pero resulta necesaria para llevar a cabo una presentación razonable.
REVELACIÓN DE LAS POLÍTICAS CONTABLES
cada una de las políticas contables específicas utilizadas, que resulten necesarias para una comprensión apropiada del contenido de los estados financieros.
la base o bases de medición utilizadas al preparar los estados financieros
el grado en que la entidad ha aplicado alguna de las disposiciones transitorias de alguna de las Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Público
La NICSP 2 establece los requisitos para la presentación de este estado financiero, así como otras informaciones relacionadas con él
OTRAS REVELACIONES
nombre de la entidad controladora directa y de la controladora última de la entidad económica
una descripción de la naturaleza de las operaciones de la entidad, así como de sus principales actividades
domicilio y forma legal de la entidad, y jurisdicción en que opera
referencia a la legislación pertinente que rige las operaciones de la entidad
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
FECHA DE VIGENCIA
La presente Norma Internacional de Contabilidad del Sector Público tendrá vigencia para los estados financieros que cubran periodos que comiencen a partir del 1 de Julio del 2001. Se aconseja anticipar su aplicación.
Todas las disposiciones de la presente Norma deben aplicarse desde la fecha de la primera adopción de la misma, excepto en relación a partidas (o rubros) que no hayan sido reconocidas como consecuencia de disposiciones transitorias de otra Norma Internacional de Contabilidad del Sector Público.