El acto jurídico es la declaración o manifestación de voluntad, sancionada por el Derecho, destinada a producir efectos jurídicos queridos por su autor o por las partes, que pueden consistir en crear, modificar, transferir, transmitir o extinguir derechos y obligaciones.
Tipos de Actos Jurídicos
Aj Unilateral.aquella actividad individual y autónoma de un Estado, que tiene como efecto la modificación de su patrimonio jurídico internacional, en razón de que dicha actividad se realiza justamente con la intención de producir esos efectos.
Aj Gratuito.Son aquellos en que la obligación está a cargo de una sola de las partes y responden a un propósito de liberalidad; tales los testamentos, la donación, la renuncia sin cargo a un derecho.
Aj Onerosos.Es un acto jurídico por el cual dos partes intercambian contraprestaciones recíprocas y equivalentes. Es decir, los partícipes de este título adquieren derechos y compromisos similares.
Aj Bilateral. Es cuando requieren el consentimiento unánime de dos o más personas. Se trata de un contrato, que requiere la aceptación del donatario o beneficiario.
Aj Momentáneos y de tracto sucesivo.Son momentáneos los actos que producen efectos en el momento de su celebración. Por ejemplo, una compra-venta, la transferencia de la propiedad y el pago del precio se pacta desde la celebración del contrato. Son detracto sucesivo los actos cuyos efectos se prolongan en el tiempo hasta su terminación.
ACTOS JURIDICOS ALEATORIOS. En este esta de por medio la incertidumbre, cuando no se sabe con certeza si lo pretendido resultara y de que modo. No se conoce el monto de la prestación.
Aj Conmutativo.Son aquellos actos en que las prestaciones que se deben las partes son inmediatamente ciertas, de tal modo de quien los celebra sabe, desde luego, las cargas y ventajas que asumirá, Por ejemplo la compraventa.