I. Si el monto de lo defraudado no excede de 1,000 UMA, con dos meses a un año de prisión;
II. Si el monto de lo defraudado excede de 1,000 UMA pero no de 10,000 salarios, un año a dos años de prisión;
III. Si el monto de lo defraudado excede a 10,000 UMA, con dos a seis años de prisión.