La interpretación jurídica necesariamente es una actividad intelectual de naturaleza práctica, por lo que no es de naturaleza teórica como un saber puro, sino estratégica, marcada por el resultado a obtenerse. Por tanto, es una labor de orden espiritual que persigue que el ideal ético de la justicia, la virtud ética de la justicia, se realice en forma material. En otras palabras, la interpretación jurídica tiene que ser guiada no solamente por la Ciencia y la Técnica Jurídica, sino por la complejidad de las ciencias del espíritu – conocidas como las ciencias humanas.