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DIRECTRICES DE FORMULACIÓN PRESUPUESTARIA - Coggle Diagram
DIRECTRICES DE FORMULACIÓN PRESUPUESTARIA
TÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Las Directrices tienen por objeto establecer los lineamientos generales y específicos para la formulación y gestión de los presupuestos institucionales de las entidades del sector público
son de aplicación obligatoria para las entidades del sector público que comprenden: los
Órganos del Estado Plurinacional, las que ejercen funciones de Control, de Defensa de la Sociedad y del Estado, Gobiernos Autónomos Departamentales, Regionales, Municipales e Indígena Originario
Para la elaboración del anteproyecto de los presupuestos plurianual y anual institucional de recursos y gastos, las entidades públicas deben utilizar:
a) Directrices de Formulación Presupuestaria.
b) Clasificadores Presupuestarios.
c) Sistema de Gestión Pública (SIGEP).
d) Instrumento del Subsistema de Planificación.
e) Instrumento de Programación, Financiamiento e Inversión Pública del Subsistema de
Inversión Pública y Financiamiento Externo para el Desarrollo Integral (SIPFE) del Ministerio
de Planificación del Desarrollo - MPD.
TÍTULO IV
PRESENTACIÓN Y APROBACIÓN DE LOS PRESUPUESTOS INSTITUCIONALES PLURIANUAL Y ANUAL
Las entidades públicas deberán remitir la disposición normativa que apruebe el Presupuesto
Plurianual ajustado, POA y el Anteproyecto de Presupuesto Institucional Anual 2023, emitida por
la máxima instancia legalmente facultada (original o copia legalizada).
Memorias de cálculo de las estimaciones de recursos y programación de gastos anuales
concordante con el presupuesto plurianual.
Efectuarán el registro en las partidas de provisiones, cuando el presupuesto sea presentado en medio físico y no se encuentre registrado en el sistema oficial de gestión fiscal.
TÍTULO III
FORMULACIÓN PRESUPUESTARIA ANUAL
CAPÍTULO I
LINEAMIENTOS GENERALES DE ELABORACIÓN DEL POA Y PRESUPUESTO
El POA de las entidades del sector público, se constituye en un instrumento de gestión que permite identificar las acciones de corto plazo, asignar recursos programar el cronograma de ejecución, identificar responsables e indicadores; para su elaboración se debe:
Considerar las competencias asignadas, disponibilidad financiera de recursos y el PEI, en el
marco de la normativa vigente.
Articular sus acciones de corto plazo con las acciones de mediano plazo.
El presupuesto anual de recursos y gastos forma parte del presupuesto plurianual, debiendo considerar las mismas estructuras programáticas, fuentes de financiamiento y organismos financiadores.
CAPÍTULO II
FORMULACIÓN DEL PRESUPUESTO DE RECURSOS ANUALES
ara la estimación de recursos específicos por concepto de venta de bienes y servicios, tasas,
patentes, tarifas y otros en el marco de la normativa vigente, las entidades del sector público
deben sustentar sus proyecciones en las memorias de cálculo, considerando cuando corresponda:
a) Tendencia del comportamiento histórico de sus ingresos.
b) Contratos, convenios y otros inherentes a sus competencias.
c) Proyección de las variables macroeconómicas del Ente Rector.
d) Comportamiento de la demanda.
Los importes estimados de recursos tienen carácter indicativo, por lo que su recaudación puede ser menor o mayor durante la gestión fiscal.
La programación de recursos de caja y bancos, deberá identificar su origen por fuente y organismo
financiador de acuerdo a los Clasificadores Presupuestarios.
Los registros que correspondan a cuentas financieras (disminución de cuentas por cobrar y otros similares), deben efectuarse estimando su variación para el periodo fiscal.
CAPÍTULO III
FORMULACIÓN DE PRESUPUESTO DE GASTOS ANUALES
La programación de gastos anuales, debe corresponder a los recursos estimados, concordante con el presupuesto de gastos plurianuales.
Las entidades públicas deben considerar en su POA y Presupuesto, recursos necesarios para la
gestión de Riesgos, en el marco de la normativa vigente.
TÍTULO II
FORMULACIÓN PRESUPUESTARIA PLURIANUAL
CAPÍTULO I
LINEAMIENTOS GENERALES PARA LA FORMULACIÓN DEL PRESUPUESTO PLURIANUAL
El Presupuesto Plurianual es un instrumento de Política Fiscal de mediano plazo de carácter
indicativo, articulado con la Agenda Patriótica del Bicentenario 2025 y el PDES 2021 – 2025, que
contempla el total de las entidades públicas del Estado Plurinacional de Bolivia
El presupuesto plurianual constituye la base para la formulación del presupuesto anual.
CAPÍTULO II
FORMULACIÓN DEL PRESUPUESTO PLURIANUAL DE RECURSOS Y GASTOS
Las entidades del sector público formularán su presupuesto plurianual de recursos por grupos de
rubros presupuestarios, fuentes de financiamiento y organismos financiadores.
Las entidades beneficiarias de transferencias con recursos del TGN, IDH, IEHD, regalías
departamentales y participaciones establecidas por norma expresa, deberán sujetarse a los
techos presupuestarios plurianuales determinados por el MEFP.
deberán sujetarse a los
techos presupuestarios plurianuales determinados por el MEFP.
Las entidades ejecutoras de inversión pública deberán relacionar en el SISIN - WEB todas sus
inversiones concurrentes con los proyectos y programas estratégicos aprobados en la Agenda
Patriótica del Bicentenario 2025 y el PDES.