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Teoría del Estado y Derecho Constitucional, Mapa conceptual 10 Estudiante…
Teoría del Estado y Derecho Constitucional
Principios básicos para la construcción del Estado
El principio de legalidad, que determina la sujeción del Estado y los particulares a las leyes dictadas por el parlamento; el cual encarna la soberanía popular.
El principio de jerarquía normativa, que determina la visión piramidal del ordenamiento jurídico.
El principio de publicidad de las normas, que determina la garantía del conocimiento general del contenido de las disposiciones legales.
El principio de irretroactividad de las normas, que determina que la vigencia de las disposiciones legales opera hacia el futuro; salvo el caso en materia penal siempre que su contenido resulte más favorable al reo o procesado.
El principio de seguridad jurídica, que determina el respeto a los preceptos legales vigentes al momento de la celebración de los contratos o expedición de resoluciones administrativas o judiciales; así como la realización de cualquier acto de relevancia jurídica.
El principio de responsabilidad e interdicción de la arbitrariedad de los órganos de poder del Estado, que determina la garantía de medidas punitivas contra las autoridades gubernamentales transgresoras del orden jurídico; y la facultad de recurrir a los órganos de administración de justicia a efectos de corregir los actos de poder que infringen la ley o afectan derechos fundamentales.
Características del Estado de Derecho
Sujeción de los gobernantes y gobernados al imperio del ordenamiento jurídico
Distribución de funciones y asignación de responsabilidades entre los titulares de los órganos de poder
El criterio de la distribución del poder entre el poder constituyente y el poder constituido
El criterio de control de la constitucionalidad de las leyes
El criterio de la distinción entre Estado y sociedad civil
El criterio de distribución horizontal de las competencias entre los órganos del poder constituido.
El criterio de distribución vertical de las competencias del poder constituido a los órganos descentralizados
Existencia de un conjunto básico de derechos ciudadanos de carácter civil, político, social, económico y cultural; de garantías jurídicas para el pleno goce o restablecimiento de su disfrute por parte de los gobernados; así como la asignación de deberes, responsabilidades y cargas ciudadanas
ESTADO DEMOCRÁTICO DE DERECHO
La existencia de una comunidad política en donde sus miembros son reconocidos como seres libres e iguales; por consiguiente, establecen su proyecto de vida dentro de una ámbito de autodeterminación y de oportunidad para ser aquello que se quiere ser.
La intervención activa, efectiva y amplia de la ciudadanía en los asuntos relativos a la “cosa pública”; y dentro de ese contexto, la deliberación razonada para coincidir y disentir acerca del origen y formas de solución de los problemas comunitarios.
La relación articulada entre el gobierno y la sociedad civil; y la de esta última entre sus miembros dentro de un marco de respeto a los derechos fundamentales de la persona; con tolerancia y comprensión de las convicciones y diferentes formas de comportamiento no mayoritarias, siempre que no socaven las bases del Estado de Derecho y los principios-valores de la democracia.
La búsqueda del bienestar general mediante la cooperación, la solidaridad y la promoción de las potencias éticas, físicas y espirituales de todos y cada uno de sus miembros.
La existencia de un conjunto de reglas sistémicas tendentes a asegurar una cierta y específica institucionalidad y una manera de actuar en la sociedad política y civil.
Planos de la democracia
Plano conceptual
La democracia es percibida como una forma de entender y vivenciar la vida de existencia y coexistencia.
Plano institucional
La democracia es percibida como una técnica de organización del poder en sentido general
Plano programático
La democracia es percibida como el diseño y ejecución de un conjunto de lineamientos de políticas que permiten el goce efectivo de los valores y fines democráticos.
Plano cultural
La democracia es percibida como el conjunto y la pluralidad de prácticas sociales y comportamientos comunitarios que afirman su existencia material y efectivo goce.
La configuración del Estado Democrático y Social de Derecho requiere de tres aspectos básicos:
La fuente de su institucionalización y el fundamento de la legislación del poder reposa en el pueblo; amén que mediante la equidad y las políticas sociales aspire a plasmar la igualdad real en pro del desarrollo de la personalidad de sus miembros.
La existencia de condiciones materiales idóneas para alcanzar sus presupuestos teleológicos y axiológicos, lo cual exige una relación directa con las posibilidades concretas y objetivas del Estado, así como una participación activa de los ciudadanos en el quehacer estatal.
La identificación del Estado con los fines de su contenido social, de forma tal que se pueda evaluar con criterio prudente, tanto los contextos que justifiquen su accionar como su abstención, evitando de una manera u otra ser un obstáculo para el desarrollo social.
LA CONJUNCIÓN TELEOLÓGICA Y AXIOLÓGICA EN EL ESTADO DEMOCRÁTICO Y SOCIAL DE DERECHO
Aspecto político de la democracia
Respeto y aseguramiento del sufragio como instrumento para la institucionalización del poder; y mediante este la renovación alternante y periódica de los titulares de los órganos políticos
Respeto y aseguramiento de la libertad
Respeto y aseguramiento de la igualdad de trato ante la ley
Respeto y aseguramiento del pluralismo, el diálogo, el consenso y la tolerancia política
Respeto y aseguramiento de la participación directa o indirecta de la ciudadanía
Aspecto socioeconómico y cultural de la democracia
Promoción del bienestar compartido mediante el reparto y goce equitativo de la riqueza y condiciones de vida material, con respeto in totum de la dignidad humana.
Promoción de la igualdad de oportunidades mediante la creación de condiciones que hagan viable que todas las personas puedan materializar su proyecto de vida.
Promoción de la vida social mediante el aseguramiento de la red coexistencial tejida a través de la pluralidad de instituciones civiles (grupos deportivos, religiosos, vecinales, etc.).
Promoción de la participación isonómica en la vida económica mediante la libre concurrencia de las personas en las actividades del mercado, sea en la condición de productor, comercializador o consumidor de bienes y servicios; así como en las relaciones de trabajo derivadas de dicho proceso.
Promoción de la participación y respeto por las minorías ciudadanas mediante la atención y consideración de las diferentes cosmovisiones de la vida en relación de determinados grupos étnicos, religiosos, etc., cuya presencia numérica no determina la voluntad estatal o social.
Promoción de la concertación mediante la búsqueda y consecución de la conciliación de intereses y expectativas contrapuestas.
Promoción de formas de comportamiento tendentes a la personalización y humanización de las relaciones convivenciales.
Mapa conceptual 10
Estudiante: Georgett Giovanna Perea Alvarez (u20211g070)