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El Nuevo Ordenamiento Constitucional en el Perú - Coggle Diagram
El Nuevo Ordenamiento Constitucional en el Perú
I. ANTECEDENTES DE LA CONSTITUCIÓN
Se firma la Constitución que venía a suponer un punto de inflexión decisivo frente a los gobiernos militares populistas implantados a raíz del golpe de Estado del general Velasco Alvarado (1968), al que sustituiría el también general Morales Bermúdez
La Constitución
Daba paso al restablecimiento de la democracia
Fruto de un cierto consenso en amplios ámbitos materiales entre el APRA sentó las bases para una convivencia democrática
Tras la disolución por la vía de los hechos de las legítimas instancias democráticas, el presidente autogolpista decidió, al amparo de sus poderes absolutos, la convocatoria para la elección de un denominado Congreso Constituyente Democrático
APRA y Acción Popular decidieron no participar
El triunfo en los comicios
Proyectar el poder personal del presidente golpista sobre la sui generis Constituyente
Ausencia de consenso y de diálogo con las fuerzas políticas de oposición
Alta de un clima social auténticamente constituyente
La «nueva» Constitución del Perú ha dividido casi por la mitad al electorado
II. RASGOS GENERALES DEL NUEVO TEXTO CONSTITUCIONAL
Seis títulos
De la persona y de la sociedad
Del Estado y la Nación
Del régimen económico
De la estructura del Estado
De las garantías constitucionales
De la reforma de la Constitución
Estamos ante una Constitución excesivamente extensa, quizá en ocasiones cercana a lo reglamentista
La nueva concepción socioeconómica
Retrotrae a los esquemas del constitucionalismo liberal del pasado siglo
La Constitución ha convertido al Estado en mero gerente de las reglas de juego de la economía de mercado
Eliminando prácticamente todas las responsabilidades que, como Estado social de Derecho, se le atribuyeron en el pasado frente a las necesidades insatisfechas de amplios sectores del pueblo
Aspectos positivos
La ampliación de las garantías constitucionales
La potenciación de aquellos mecanismos que propician la independencia de los jueces
La acogida en su articulado de la institución de la Defensoría del Pueblo
La búsqueda de una mayor eficiencia para la organización electoral del país
El fortalecimiento de las instituciones de la democracia directa o semidirecto
III.EL RÉGIMEN CONSTITUCIONAL DE LOS DERECHOS DE LA PERSONA
El Código acoge como nuevos derechos de la persona
Ha desaparecido de esta enunciación de derechos fundamentales de la persona el derecho a alcanzar un nivel de vida que le permita asegurar su bienestar y el de su familia
Hay que destacar
La reforma total o parcial de la Constitución
La aprobación de normas con rango de ley
Las ordenanzas municipales
Las materias relativas al proceso de descentralización. Quedan, sin embargo, vedadas al referéndum: la supresión o disminución de los derechos fundamentales de la persona
Las normas de carácter tributario o presupuestario y los tratados internacionales en vigor
Derechos sociales o socioeconómicos donde más drástico ha sido el desmoche de la ordenación constitucional establecida
Innovaciones constitucionales que más ardua controversia ha suscitado es la ampliación de los supuestos delictivos en que cabe aplicar la pena de muerte
Novedades positivas de la Constitución es la creación de la institución de la Defensoría del Pueblo
IV. LA CONSTITUCIÓN ECONÓMICA
Rasgos principales que caracterizaban a la Constitución económica
Proclamación constitucional de un régimen de economía social de mercado en el que la iniciativa privada, que era libre, había de ser estimulada y reglamentada por el Estado con la finalidad de armonizar su ejercicio con el interés social
Consagración constitucional del Estado como empresario y como interventor de la vida económica en determinados sectores por causa de necesidad nacional
Recurso a los planes de desarrollo para que el Estado formulara a su través la política económica y social
Rechazo constitucional del monopolio y oligopolio en materia de medios de comunicación
Papel fundamental en el ámbito socioeconómico del Banco Central de Reserva
V. LOS ÓRGANOS CONSTITUCIONALES DE GOBIERNO
El Congreso
El Presidente de la República
El Consejo de Ministros y las relaciones entre el Poder Legislativo y el Ejecutivo
El Poder Judicial
VI. LAS GARANTÍAS CONSTITUCIONALES Y EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
No sólo se han mantenido las cuatro contempladas por la Carta de 1979 sino que se han acogido además dos nuevas garantías: la acción de habeas data y la acción de cumplimiento
La acción de habeas corpus sigue procediendo ante todo hecho u omisión de cualquier autoridad, funcionario o persona que vulnere o amenace la libertad individual
La acción de amparo procede contra todo hecho u omisión, por parte de cualquier autoridad, funcionario o persona, que vulnere o amenace los demás derechos reconocidos por la Constitución
La acción de inconstitucionalidad procede contra las normas que tienen rango de ley
La acción popular, que procede por infracción de la Constitución y de la ley, contra los reglamentos, normas administrativas y resoluciones y decretos de carácter genera
Nuevos instrumentos garantistas
La acción de habeas data responde a la nueva dimensión que ha asumido el right to privacy
La acción de cumplimiento procede contra cualquier autoridad o funcionario renuente a acatar una norma legal o un acto administrativo